Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 263

Fecha del Boletín 
04-11-2023

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231104-4

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

4
ACUERDO de 25 de octubre de 2023, del segundo acuerdo de modificación del convenio de colaboración suscrito entre la comunidad de Madrid y la Fundación Max Mazin para el desarrollo de actividades para alumnos con altas capacidades intelectuales durante los cursos escolares 2020-2021, 2021-2022, 2022-2023 y 2023-2024, con efectos para el curso escolar 2023-2024.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, Consejero de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid.

De otra, D. Ariel Mazin Mor, Secretario de la Fundación Max Mazin.

INTERVIENEN

El primero, en nombre y representación de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo previsto en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, y en virtud de su nombramiento realizado por Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 150, de 26 de junio).

El segundo, como representante de la Fundación Max Mazin, se halla expresamente facultado para este otorgamiento por acuerdo del Patronato de dicha fundación en su reunión celebrada el 3 de abril de 2014, según se desprende de la escritura otorgada ante el Notario de Madrid, D. Martín María Recarte Casanova el día 3 de abril de 2014.

Las actuaciones previstas en este acuerdo de modificación se ajustan tanto a las competencias asignadas a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades como a los fines de la Fundación Max Mazin.

Las partes se reconocen capacidad y competencia para la firma del presente documento y

EXPONEN

I. Que con fecha 17 de julio de 2020 se suscribió un convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Fundación Max Mazin para el desarrollo de actividades para alumnos con altas capacidades intelectuales durante los cursos 2020-2021 y 2021-2022. Que en las cláusulas segunda y tercera del citado convenio se reflejaron las actividades y obligaciones que asumieron las partes y en la cláusula octava la posibilidad de prórroga del citado acuerdo.

II. Que las partes manifestaron su satisfacción por la colaboración desarrollada en los citados cursos y, con fecha 31 de agosto de 2022, rubricaron un acuerdo de modificación y prórroga del convenio anteriormente firmado para los cursos 2022-2023 y 2023-2024.

III. Que ambas partes, al amparo de la cláusula segunda del acuerdo de modificación y prórroga anteriormente mencionado, consideran oportuno, a los efectos de agilizar y facilitar las gestiones de colaboración que se llevarán a cabo durante el curso 20232024, modificar el convenio suscrito en lo que respecta a las aportaciones de ambas partes, una vez publicado el Decreto del Consejo de Gobierno, por el que se crea el Centro Regional de Enriquecimiento educativo para el alumnado con Altas Capacidades Intelectuales de la Comunidad de Madrid.

Por todo cuanto antecede, ambas partes resuelven suscribir el presente acuerdo de modificación del convenio de colaboración, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera

Modificación de la cláusula tercera bis “Obligaciones que asumen las partes durante el período de prórroga”

Se modifican los apartados 1.a), 1.b), 1.d), 2.a), 2.b), 2.c) y 3, y se añaden dos nuevos apartados 2.d) y 2.e), que quedan redactados como sigue:

“Tercera Bis. Obligaciones que asumen las partes durante el período de prórroga del convenio.

1. La Fundación Max Mazin se compromete a:

a) Destinar al desarrollo del Programa de Enriquecimiento educativo para alumnos con Altas Capacidades intelectuales las cantidades de sesenta y cinco mil setecientos noventa y tres euros con setenta céntimos (65.793,73 euros) para el curso 2022-2023, y setenta y un mil trescientos cuarenta y seis con veinticuatro céntimos (71.346,24 euros) para el curso 2023-2024, distribuidas en las siguientes anualidades e importes:

— Curso 2022-2023:

• Anualidad 2022 (septiembre/diciembre): 16.879,68 euros.

• Anualidad 2023 (enero/junio): 48.914,05 euros.

— Curso 2023-2024:

• Anualidad 2023 (octubre/diciembre): 17.836,56 euros.

• Anualidad 2024 (enero/mayo): 53.509,68 euros.

b) En relación con el profesorado colaborador que imparta las sesiones formativas con el alumnado y otro personal:

— Durante el curso escolar 2022-2023, la Fundación Max Mazin gestionará las compensaciones económicas al profesorado colaborador del Programa de Enriquecimiento educativo, así como al personal de vigilancia y limpieza, expertos y ponentes, no existiendo ningún tipo de vinculación laboral o estatutaria de dicho personal ni con la Comunidad de Madrid ni con la Fundación Max Mazin.

— En el curso escolar 2023-2024 y sin que exista ningún tipo de vinculación laboral o estatutaria con la Comunidad de Madrid o la Fundación Max Mazin:

• La Fundación Max Mazin se encargará de aportar y gestionar 40 profesores colaboradores de los que financiará directamente el coste de 21 de ellos.

• La Fundación Max Mazin se encargará de gestionar la colaboración y retribuciones del profesorado colaborador no funcionario y, en su caso, expertos, ponentes que aporte, para lo cual contará con la contribución económica de la Comunidad de Madrid.

d) Participar en el desarrollo y mejora continua del Programa de Enriquecimiento educativo. Proponer expertos y profesionales de diversos ámbitos con el fin de ofrecer un programa de actividades más variado y enriquecedor para los alumnos, con especial atención a las actividades relacionadas con el fomento del espíritu emprendedor.

2. La Comunidad de Madrid se compromete a:

a) Destinar las cantidades de quinientos setenta y un mil ciento cuarenta y tres euros con cincuenta y cinco céntimos (571.143,55 euros), para el curso 2022-2023, y de ochenta y seis mil cincuenta y un euros con treinta y seis céntimos (86.051,36 euros) para el curso 2023-2024, con cargo al Programa 322 A, Educación Infantil, Primaria y Especial, Subconcepto 22809 Otros Convenios, de los Presupuestos de Gastos de los años 2022, 2023 y 2024, distribuidas en la siguiente forma:

— Curso 2022-2023:

• Anualidad 2022 (septiembre/diciembre): 151.917,14 euros.

• Anualidad 2023 (enero/junio): 419.226,41 euros.

— Curso 2023-2024:

• Anualidad 2023 (octubre/diciembre): 33.137,84 euros.

• Anualidad 2024 (enero/mayo): 52.913,52 euros.

b) Aportar los servicios profesionales a tiempo completo de 18 funcionarios de los cuerpos docentes no universitarios, con funciones de coordinación del programa, en cada uno de los dos cursos académicos (2022-2023 y 2023-2024), conforme a los procedimientos legalmente establecidos.

c) Ceder los espacios con su equipamiento correspondiente y asumir los gastos de funcionamiento habituales para el desarrollo del Programa de Enriquecimiento educativo en las diferentes sedes territoriales, distribuidas en las 5 Direcciones de Área Territorial, un total de 7 en el curso escolar 2022-2023 (2 en Madrid-Capital, 1 Madrid-Este, 1en Madrid-Oeste, 1 en Madrid-Norte, 2 en Madrid-Sur), y 8 en el curso escolar 2023-2024, tras la incorporación de una nueva sede territorial en Madrid-Oeste.

d) Durante el curso escolar 2023-2024, proporcionar 140 profesores colaboradores pertenecientes a los cuerpos de funcionarios docentes no universitarios.

e) Durante el curso escolar 2023-2024, asumir los gastos de limpieza y de vigilancia y control de las 8 sedes territoriales.

3. Las aportaciones realizadas por la consejería con competencias en materia educativa, así como la realizada por la Fundación Max Mazin estarán destinadas a la consecución de los objetivos y a la realización de las actividades expuestas en el convenio. Las cantidades aportadas tanto por la Comunidad de Madrid como por la Fundación Max Mazin se destinarán a sufragar los gastos originados, en cada curso escolar, por los siguientes conceptos:

a) Durante el curso escolar 2022-2023, las cantidades de 571.143,55 euros, aportada por la Comunidad de Madrid, y de 65.793,73 euros, aportada por la Fundación Max Mazin, serán gestionadas por la Fundación Max Mazin y se destinarán a sufragar los siguientes gastos:

— Gasto de las colaboraciones para el desarrollo de las sesiones del Programa de Enriquecimiento educativo en las 7 sedes donde se llevan a cabo dichas sesiones.

— Gasto de limpieza y vigilancia necesario en las 7 sedes donde se desarrolla el Programa de Enriquecimiento educativo.

— Gastos para la realización de Jornadas de formación para las familias que participan en el programa.

— Gastos de las pólizas de los seguros de responsabilidad civil y accidentes que cubren las actividades del programa.

— Otros gastos derivados del desarrollo del programa.

b) En el curso escolar 2023-2024, la cantidad de 86.051,36 euros aportada por la Comunidad de Madrid y gestionada por la Fundación Max Mazin se destinarán a sufragar los gastos originados por los siguientes conceptos:

— Gasto de las colaboraciones para el desarrollo de las sesiones formativas del Programa de Enriquecimiento educativo realizadas por 19 profesores que no tengan la condición de funcionario de los cuerpos docentes no universitarios.

— Gastos para la realización de Jornadas de formación para las familias que participan en el programa, expertos, proyectos de emprendimiento u otros gastos derivados del desarrollo del programa.

— Gastos de las pólizas de los seguros de responsabilidad civil y accidentes que cubren las actividades del programa.

c) En el curso escolar 2023-2024, la cantidad de 71.346,24 euros aportada por la Fundación Max Mazin se destinará, íntegramente, a sufragar los gastos originados por el siguiente concepto:

— Gasto de las colaboraciones para el desarrollo de las sesiones formativas del Programa de Enriquecimiento educativo realizadas por 21 profesores que no tengan la condición de funcionario de los cuerpos docentes no universitarios”.

Segunda

Modificación de la cláusula quinta bis “Forma de pago”

Se modifica la cláusula quinta bis “Forma de pago”, con la siguiente redacción:

“Quinta Bis. Forma de pago.

El pago de las cantidades establecidas como aportación de la Comunidad de Madrid se realizarán con cargo al subconcepto 22809 del Programa 322A de los Presupuestos de Gastos de los años 2022, 2023 y 2024 respectivamente. La aportación de la Comunidad de Madrid se hará efectiva mediante diversos libramientos cada curso escolar, tal como sigue:

a) Durante el curso escolar 2022/2023, el importe de cada uno de los libramientos será por la cantidad que resulte de aplicar los siguientes porcentajes:

— De los gastos originados entre los meses de octubre a mayo: el 90 % sobre los gastos y pagos que resulten de la documentación presentada por la Fundación Max Mazin a que se refiere la cláusula tercera, 1 apartado e) de este acuerdo.

— De los gastos originados durante el mes de junio: el 50 % sobre los gastos y pagos que resulten de la documentación presentada por la Fundación Max Mazin a que se refiere la cláusula tercera, 1 apartado e) de este acuerdo.

La suma de las aportaciones de la Comunidad de Madrid y de la Fundación Max Mazin para este curso supone un total de 571.143,55 euros + 65.793,73 euros = 636.937,28 euros, que se librarán de acuerdo al siguiente calendario:

— El primer libramiento se realizará antes del 10 de noviembre de 2022, junto con la conformidad de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial a las actividades realizadas para la ejecución del convenio.

— El segundo libramiento se realizará antes del 10 de diciembre de 2022, junto con la conformidad de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial a las actividades realizadas para la ejecución del convenio.

— El tercer libramiento se realizará antes del 10 de febrero de 2023, junto con la conformidad de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial a las actividades realizadas para la ejecución del convenio.

— El cuarto libramiento se realizará antes del 10 de marzo de 2023, junto con la conformidad de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial a las actividades realizadas para la ejecución del convenio.

— El quinto libramiento se realizará antes del 10 de abril de 2023 junto con la conformidad de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial a las actividades realizadas para la ejecución del convenio.

— El sexto libramiento se realizará antes del 10 de mayo de 2023, junto con la conformidad de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial a las actividades realizadas para la ejecución del convenio.

— El séptimo libramiento se realizará antes del 10 de junio de 2023, junto con la conformidad de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial a las actividades realizadas para la ejecución del convenio.

— El octavo libramiento se realizará antes del 10 de julio de 2023, junto con la conformidad de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial a las actividades realizadas para la ejecución del convenio.

b) En el curso escolar 2023-2024, el pago de las cantidades aportadas por la Comunidad de Madrid por importe de 86.051,36 euros se hará efectivo, en cada uno de los libramientos, por el importe que corresponda con los gastos y pagos y en las fechas indicadas en el presente apartado.

La suma de las aportaciones de la Comunidad de Madrid y de la Fundación Max Mazin para este curso suponen, respectivamente, 86.051,36 euros + 71.346,24 euros = 157.397,60 euros. Los libramientos se realizarán conforme al siguiente calendario:

— El primer libramiento se realizará antes del 10 de noviembre de 2023.

— El segundo libramiento se realizará antes del 10 de diciembre de 2023.

— El tercer libramiento se realizará antes del 10 de febrero de 2024.

— El cuarto libramiento se realizará antes del 10 de marzo de 2024.

— El quinto libramiento se realizará antes del 10 de abril de 2024.

— El sexto libramiento se realizará antes del 10 de mayo de 2024.

— El séptimo libramiento se realizará antes del 10 de junio de 2024.

El pago de cada libramiento se llevará a cabo previa certificación emitida por el titular de la Dirección General de Educación Infantil, Primaria y Especial en la que se indique que la Fundación Max Mazin ha presentado toda la documentación a la que está obligada, según lo dispuesto en la cláusula tercera bis 1.e), y que las actividades desarrolladas y sus gastos se han ajustado estrictamente a lo dispuesto en este convenio”.

Y para que así conste, las partes firman el presente acuerdo de modificación, en Madrid.

Madrid, a 25 de octubre de 2023.—Por la Comunidad de Madrid, Emilio Viciana Duro.—Por la Fundación Max Mazin, Ariel Mazin Mor.

(03/18.183/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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