Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 268

Fecha del Boletín 
10-11-2023

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231110-27

Páginas: 19


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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ORDEN 4172/2023, de 30 de octubre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve parcialmente la convocatoria de ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación de 2023.

Mediante la Orden 2053/2022, de 19 de julio, de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación, y mediante la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre, del Vicepresidente, Consejero de Educación y Universidades, se convocan ayudas para la contratación de personal investigador predoctoral en formación, cuyo extracto se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 9 de enero de 2023.

La Comisión de Selección reunida los días 16 de junio y 8 de agosto propone la concesión de ayudas para financiar doscientos cincuenta contratos de personal investigador predoctoral si bien, tras la notificación de la propuesta para que las entidades puedan comunicar su aceptación expresa y aportar la documentación solicitada, únicamente doscientos cuarenta y cinco solicitantes presentaron correctamente la documentación requerida.

Por ello, el 3 de octubre de 2023 la comisión de selección propuso la concesión a las cinco primeras solicitudes de la lista de reserva previamente constituida conforme a lo establecido en el punto noveno del apartado undécimo de la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre. No obstante, puesto que dicha propuesta debe notificarse a las entidades al objeto de presentar la documentación requerida, se propone mediante esta orden, al objeto de no demorar la tramitación, la resolución parcial mediante la concesión de las primeras doscientas cuarenta y cinco ayudas.

De conformidad con lo previsto en el artículo 16.3 de la Orden 2053/2022, de 19 de julio, el apartado octavo de la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre, y el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Conceder las ayudas a los beneficiarios que se citan en el Anexo II de esta orden para financiar la contratación de doscientos cuarenta y cinco contratos de personal investigador predoctoral en formación por un importe de 28.574.443,10 euros con cargo al subconcepto 78200 del programa 466A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid distribuido de la siguiente manera:

— Año 2023: 6.880.136,55 euros.

— Año 2024: 6.880.136,55 euros.

— Año 2025: 6.584.076,10 euros.

— Año 2026: 8.230.093,90 euros.

La Comunidad de Madrid aportará para la financiación de cada contrato 110.630,38 euros, con la distribución anual reflejada en la siguiente tabla, destinados a financiar los gastos indicados en el apartado 1 del dispongo decimosexto de la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre:

El pago de la subvención se transferirá por anualidades completas al organismo adjudicatario de la ayuda, con carácter previo a la justificación y sin necesidad de constituir garantía, de acuerdo con lo previsto el artículo 16.1 c) de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid. En todo caso, los pagos requerirán la acreditación de encontrarse al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, con la Comunidad de Madrid, así como en el pago de obligaciones por reintegro.

Segundo

Conceder un plazo de 15 días, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para formalizar los contratos que deberán enviarse a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica a través del Registro Electrónico General de la Comunidad de Madrid o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, dirigiendo las solicitudes, escritos y comunicaciones a la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades.

En el contrato debe figurar la fecha de incorporación al centro de trabajo, que se encontrará dentro de los cuatro meses a contar desde el día siguiente al de publicación de la resolución de concesión.

La fecha de incorporación que figure en el contrato de trabajo es la fecha de inicio y ejecución de la ayuda. La incorporación a su centro de trabajo deberá producirse el primer día del mes que corresponda, dentro del plazo de 4 meses establecido en el párrafo anterior.

Tercero

Declarar el desistimiento expreso de las solicitudes presentadas en los expedientes indicados en el Anexo I.

Cuarto

Desestimar el resto de solicitudes presentadas que no figuren en el Anexo II y que previamente no hayan sido desistidas.

Quinto

Establecer la lista de reserva de las solicitudes desestimadas ordenada por puntuación que figura en el Anexo III, para que en virtud de lo establecido en el apartado 9 el dispongo undécimo de la Orden 3789/2022, de 9 de diciembre, la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, pueda acordar una nueva concesión al solicitante o solicitantes incluidos en dicha lista sin necesidad de realizar una convocatoria.

Sexto

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, o directamente el recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos estime oportuno deducir.

Madrid, a 30 de octubre de 2023.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

































(03/18.381/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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