Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231113-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. Informe evaluación edificios

Listado de inmuebles sujetos a informe de evaluación de edificios en el año 2024. (Expediente 711/2023/15587).

Mediante Decreto 103/2016 de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, se ha regulado el Informe de Evaluación de los Edificios en la Comunidad de Madrid.

El Decreto tiene por objeto establecer un marco jurídico básico, de los aspectos del Informe de Evaluación, de los Edificios no regulados en la norma estatal, desarrollando la normativa urbanística autonómica y estableciendo un marco común de actuación, para todos los municipios de la Región, siendo la Administración Local, en el ejercicio de sus competencias, la que ha de realizar el seguimiento de las actuaciones, que se deriven en el cumplimiento de los deberes de conservación, establecidos en la normativa urbanística, y de las adaptaciones exigibles, en cuanto a ajustes razonables en materia de accesibilidad.

En su artículo 7.2., establece que, corresponde a los Ayuntamientos las facultades de inspección y vigilancia del cumplimiento por los propietarios, del deber de disponer del Informe de Evaluación de los Edificios. A tal efecto, los Ayuntamientos elaborarán anualmente, el Listado de los inmuebles sujetos a Informe de Evaluación de los Edificios que, una vez aprobado por el órgano competente, será expuesto al público, por plazo de un mes, mediante anuncios insertados en el tablón de edictos del Ayuntamiento, así como en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y, en su caso, en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la Sede Electrónica del mismo.

Atendiendo a lo dispuesto en el artículo citado, la Dirección General de la Edificación, mediante resolución de 27 de octubre de 2023, ha aprobado el listado de los inmuebles a los que es exigible el Informe de Evaluación de Edificios, durante el año 2024, al estar obligados sus propietarios a su realización y no constar esta aún acreditada, puesto que son edificios de tipología residencial de vivienda colectiva, no incluidos en el Catálogo de Edificios Protegidos, ni en el Centro Histórico o en los Cascos Históricos Periféricos y que, o bien están construidos entre los años 1953 y 1958 y son de propiedad distinta a la jurídico pública, representación diplomática u organismo internacional, por renovarse la obligación de su inspección periódica, o bien están construidos en 1969, por haber transcurrido 5 años desde que alcanzaron los 50 años de antigüedad.

Asimismo, ha resuelto aprobar la exposición al público del listado de inmuebles sujetos a informe de evaluación de edificios en el año 2024, por el plazo de un mes, en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid y anunciar dicha exposición en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que los propietarios puedan examinarlo y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.

Este padrón se expondrá al público en el Tablón de Edictos Electrónico del Ayuntamiento de Madrid, cuya consulta se realiza a través de la web municipal ( www.madrid.es ), por un plazo de un mes, a partir del día 14 de noviembre de 2023.

Madrid, a 31 de octubre de 2023.—El Jefe del Servicio de Inspección Técnica de Edificios, Luis Gustavo Collado Ruiz.

(01/18.356/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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