Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271

Fecha del Boletín 
14-11-2023

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231114-13

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

13
RESOLUCIÓN de 2 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las pruebas selectivas de promoción interna específica para el acceso a la categoría profesional de Técnico de Cocina (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid, se publica la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en el citado proceso, y se anuncia la celebración del ejercicio de la oposición.

Mediante Orden 473/2021, de 13 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 274, de 17 de noviembre), se convocaron las pruebas selectivas de promoción interna específica para el acceso a la categoría profesional de Técnico de Cocina (Grupo III, Nivel 5, Área B) de la Comunidad de Madrid.

Posteriormente, por Resolución de 7 de julio de 2023, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 172, de 21 de julio), fueron aprobadas las relaciones provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas en el señalado proceso, y se publicó la relación provisional de personas aspirantes excluidas en el mismo.

Igualmente, mediante Resolución de 24 de julio de 2023, del indicado Centro directivo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 182, de 2 de agosto), se hizo pública la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas de referencia.

En virtud de cuanto antecede, una vez transcurrido el plazo habilitado para la subsanación de defectos de las solicitudes de participación y efectuadas las comprobaciones pertinentes, y de conformidad con lo establecido en el apartado segundo, último párrafo, y en el apartado cuarto de la base sexta de la aludida Orden 473/2021, de 13 de octubre, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

HA RESUELTO

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas en las mencionadas pruebas selectivas, que se podrán consultar a través del buscador de trámites de la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, al cual se puede acceder desde el siguiente enlace:

https://tramita.comunidad.madrid/buscador?t=&tipo=All&consejeria=All&est...

Asimismo, a efectos meramente informativos, esas relaciones se encontrarán disponibles en la página web:

https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/tecnico-coc...

Segundo

Publicar, como anexo a esta Resolución, la relación definitiva de personas aspirantes excluidas en el citado proceso selectivo.

Tercero

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado sexto de la base sexta de la Orden 473/2021, de 13 de octubre, la inclusión en la relación definitiva de personas admitidas a las expresadas pruebas no supone, en ningún caso, el reconocimiento por parte de la Administración de que las mismas reúnen los requisitos generales o particulares exigidos en la convocatoria. La acreditación y verificación de éstos tendrá lugar para aquellas personas que superen el reseñado proceso selectivo, tal y como se indica en la base undécima de dicha Orden.

Cuarto

Convocar a las personas aspirantes admitidas para la realización del ejercicio de la oposición, que se celebrará, según lo acordado por el Tribunal Calificador de las referidas pruebas, el día 1 de diciembre de 2023, a las 16:00 horas, en el Centro de Formación de la Dirección General de Función Pública, sito en el paseo de Eduardo Dato, número 2, duplicado (28010 Madrid), y que se desarrollará conforme a lo determinado en el apartado tercero de la base octava de la ya reiterada Orden 473/2021, de 13 de octubre.

El llamamiento será único para todas las personas participantes admitidas, siendo excluidas del proceso selectivo quienes no comparezcan a aquél, salvo en los casos alegados y justificados con anterioridad a la realización del ejercicio y en los de fuerza mayor acaecidos el día de su celebración, debiendo el señalado Tribunal adoptar resolución motivada a tal efecto.

Quinto

No se permitirá el acceso al examen a las personas aspirantes que no figuren en la relación definitiva de admitidas a las aludidas pruebas selectivas, que es objeto de aprobación mediante la presente Resolución.

Asimismo, las personas admitidas habrán de presentar, inexcusablemente, el original de su documento nacional de identidad, carné de conducir o pasaporte, únicos documentos válidos para acreditar su identidad. No se permitirá el acceso al examen a las que no presenten alguno de los anteriores documentos originales, salvo en los casos en que concurran provistas de un documento oficial que acredite su sustracción o pérdida. En este supuesto, la corrección del ejercicio realizado por la persona aspirante quedará supeditada a la posterior comprobación de su identidad por parte del Órgano de Selección.

Durante el desarrollo del ejercicio no se permitirá la utilización de ningún dispositivo electrónico, como ordenador portátil, tablet, reloj inteligente o teléfono móvil.

Igualmente, para la realización del ejercicio, las personas participantes deberán ir provistas de bolígrafo azul o negro.

Sexto

Contra la presente Resolución, las personas interesadas podrán interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 10.4.a), en relación con el artículo 6.2.b), de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social, y en el artículo 69 de dicho texto legal.

Madrid, a 2 de noviembre de 2023.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/18.548/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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