Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
16-11-2023

Sección 1.2.110.10: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231116-17

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

O. A. AGENCIA MADRILEÑA DE ATENCIÓN SOCIAL

17
RESOLUCIÓN 1569/2023, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se hace público el listado definitivo de aspirantes admitidos y excluidos de la convocatoria aprobada por Resolución 901/2023, de 20 de junio, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión, por el procedimiento de selección objetiva, de puestos de carrera vacantes en el organismo.

RESUELVO

Primero

De acuerdo con lo establecido en el apartado cuarto de la convocatoria publicada por Resolución 901/2023, para la provisión por el procedimiento de selección objetiva de puestos de carrera vacantes en el organismo, mediante Resolución 1258/2023, de 18 de agosto, del Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, se hizo público el listado provisional de aspirantes admitidos y excluidos.

Transcurrido el plazo de presentación de reclamaciones y contestadas las mismas, se resuelve publicar la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, tal y como establece el mencionado punto cuarto de la citada convocatoria.

Segundo

El presente listado de admitidos y excluidos está asimismo disponible en la ficha informativa del procedimiento, a la que se podrá acceder a través del buscador de Gestiones y Trámites disponible en el siguiente enlace:

https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/seleccion-objetiva-amas

Los aspirantes excluidos pueden comprobar los motivos de exclusión en la siguiente tabla de códigos:

Listado de códigos de exclusión

01. No ostentar la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid.

02. No acreditar la condición de personal laboral fijo de la Comunidad de Madrid.

03. No acreditar encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.

04. No pertenecer al grupo profesional, área de actividad o categoría del puesto solicitado.

05. No acreditar antigüedad de 2 años en el último destino definitivo.

06. Presentar la solicitud fuera de plazo.

Tercero

Recursos

Contra la presente Resolución podrán los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 6 de noviembre de 2023.—El Gerente de la Agencia Madrileña de Atención Social, José Manuel Miranda de las Heras.















(03/18.734/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.110.10: I. COMUNIDAD DE MADRID

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