Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 273

Fecha del Boletín 
16-11-2023

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231116-18

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

18
ORDEN 4205/2023, de 5 de noviembre, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se resuelve la convocatoria efectuada por la Orden 2640/2023, del Consejero De Educación, Ciencia y Universidades, de ayudas destinadas a los investigadores de la modalidad 1 del Programa de Atracción de Talento Investigador de la Comunidad de Madrid, para su contratación y realización de actividades de I+D durante un periodo adicional de un año con cargo al presupuesto del ejercicio 2023.

En virtud de la Orden 1553/2016, de 17 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, se establecieron las bases reguladoras de las ayudas destinadas a la atracción de talento investigador para su incorporación a grupos de investigación de la Comunidad de Madrid. Dicha orden fue posteriormente modificada por la Orden 2033/2017, de 2 de junio, del Consejero de Educación, Juventud y Deporte y por la Orden 113/2020, de 10 de julio, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación. La disposición adicional única de la citada Orden 113/2020, de 10 de julio, estableció la posibilidad de realizar convocatorias específicas que permitan a los investigadores de la modalidad 1, la posibilidad de disponer de un año adicional para completar el período de perfeccionamiento de la carrera científica de estos investigadores.

La Orden 2640/2023, de 18 de julio, del Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, aprobó la convocatoria de ayudas destinadas a los investigadores de la modalidad 1 del programa de atracción de talento investigador de la Comunidad de Madrid, para su contratación y realización de actividades de I + D, durante un período adicional de un año con cargo al presupuesto del ejercicio 2023.

Según lo establecido en el artículo 10.2 de la Orden 1553/2016, de 17 de mayo y en el apartado octavo de la 2640/2023, de 18 de julio, una vez concluido el proceso de evaluación y de selección de las solicitudes y vista la propuesta de resolución de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, y de conformidad con las atribuciones que me confiere el el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades,

DISPONGO

Primero

Resolver la convocatoria de ayudas destinadas a los investigadores de la modalidad 1 del programa de atracción de talento investigador de la Comunidad de Madrid para su contratación y realización de actividades de I + D durante un período adicional de un año, convocada por la Orden 2640/2023, de 18 de julio, de acuerdo con las entidades beneficiarias y cantidades concedidas que se detallan en el anexo de esta Orden.

Segundo

Autorizar la disposición de un gasto total por importe de 2.176.990,00 euros, que se imputará al subconcepto 79003 “Plan del retorno del talento investigador” del Programa 466A “Investigación”, con cargo al presupuesto del año 2023.

Tercero

El libramiento de las ayudas se hará con carácter previo a la justificación y sin necesidad de constituir garantía, de acuerdo con lo previsto el artículo 16.1.c) de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid. En todo caso, los pagos requerirán la acreditación de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social, con la Comunidad de Madrid, así como del pago de obligaciones por reintegro.

Cuarto

La formalización de los contratos de los investigadores se realizará según lo dispuesto en el apartado decimotercero de la Orden 2640/2023, de 18 de julio. En todo caso, la fecha de inicio de los contratos y, por consiguiente, del inicio de ejecución de las ayudas deberá producirse antes de la finalización del año 2024.

Los contratos de los investigadores seleccionados serán a tiempo completo, tendrán una duración mínima de un año a partir de la fecha de incorporación del investigador a su puesto de trabajo, y son incompatibles con la vigencia de cualquier otro contrato laboral.

En el caso que los investigadores tuvieran un contrato indefinido según la legislación laboral vigente, en el mismo plazo se deberá enviar adenda donde se haga constar la financiación de la Comunidad de Madrid.

Si con la financiación adicional se procede a la contratación de personal laboral de apoyo a la investigación, la oferta de plazas deberá hacerse pública, como mínimo y de forma obligatoria, a través del portal EURAXESS de la Comisión Europea.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso ante el propio órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 5 de noviembre de 2023.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/18.706/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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