Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 276

Fecha del Boletín 
20-11-2023

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231120-15

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 1759/2023, de 11 de octubre, de la Consejería de Cultura Turismo y Deporte, por la que se minoran determinadas ayudas concedidas mediante la Orden 1245/2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se conceden ayudas a federaciones deportivas madrileñas para la adquisición de equipamiento y material deportivo y de accesibilidad, destinadas a facilitar y mejorar las condiciones de la práctica deportiva para las personas con discapacidad en la temporada 2023.

Mediante la Orden 599/2023, de 3 de mayo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la adquisición de equipamiento y material deportivo y de accesibilidad, destinadas a facilitar y mejorar las condiciones de la práctica deportiva para las personas con discapacidad y se procede a su convocatoria para el año 2023, financiado por la Unión Europea, Next Generation EU, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

Por Orden 1245/2023, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se conceden dichas ayudas a federaciones deportivas madrileñas para la adquisición de equipamiento y material deportivo y de accesibilidad, destinadas a facilitar y mejorar las condiciones de la práctica deportiva para las personas con discapacidad en la temporada 2023, de acuerdo con la Orden anteriormente citada.

El artículo 11, “Justificación y pago”, de la referida Orden 599/2023, señala los requisitos que han de cumplir las entidades beneficiarias antes de proceder al pago de las cuantías concedidas. Por otro lado, la disposición adicional única apartado décimo artículo 10, “Justificación y pago” de la misma Orden, especifica la documentación justificativa que debe presentarse.

Examinadas las justificaciones presentadas se ha observado el incumplimiento de determinados requisitos por parte de las entidades que se relacionan.

En su virtud, y en ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas por la legislación vigente y, en particular, por el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero y único

Minoración del importe de las subvenciones concedidas

Minorar en 315,99 euros el importe de la subvención concedida a la Federación Madrileña de Deportes para Personas con Discapacidad Física, por justificar válidamente un importe de 14.600,55 euros, de los 14.916,54 euros concedidos.

Minorar en 12.085,18 euros el importe de la subvención concedida a la Federación Madrileña de Triatlón, por justificar válidamente un importe de 19.995,58 euros, de los 32.080,76 euros concedidos.

Minorar en 3.602,99 euros el importe de la subvención concedida a la Federación Madrileña de Piragüismo, por justificar válidamente un importe de 71.128,97 euros, de los 74.731,96 euros concedidos.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Eficacia y medios de impugnación

El presente acto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y contra el mismo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el propio órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes o, directamente, el recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid, en el plazo de dos meses, contados, en ambos casos, desde el siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 11 de octubre de 2023.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. C. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de noviembre de 2021), el Director General de Deportes, Alberto Tomé González.

(03/18.818/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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