Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 277

Fecha del Boletín 
21-11-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231121-94

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SEVILLA LA NUEVA

RÉGIMEN ECONÓMICO

94
Sevilla la Nueva. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

Habiéndose instruido por los servicios competentes de esta entidad expediente de:

— La modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre sobre Vehículos de Tracción Mecánica (expediente 3582/2023).

— La modificación de la ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Bienes Inmuebles de naturaleza Urbana (expediente 3581/2023).

En sesión ordinaria celebrada el día 16 de noviembre de 2023 acordó la aprobación provisional de la referida modificación de la ordenanza fiscal.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se convoca, por plazo de treinta días naturales a contar desde el día siguiente de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que los interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ( http://sevillalanueva.sedelectronica.es ).

Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho acuerdo.

Sevilla la Nueva, a 17 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Asensio Martínez Agraz.

(03/19.309/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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