Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
28-11-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231128-97

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

97
San Fernando de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de las bases de 17 de noviembre de 2023, de la Junta de Gobierno Local, por la que se convocan las subvenciones a clubes y entidades deportivas de San Fernando de Henares que colaboran con el Área de Deportes en la promoción deportiva para el año 2023.

BDNS (Identif.): 729231

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ), así como en la página del Ayuntamiento de San Fernando de Henares:

Primero. Beneficiarios.—Tendrá la consideración de entidad o persona beneficiaria de subvenciones, la entidad o persona que haya de realizar la actividad que fundamentó su otorgamiento o que se encuentre en la situación que legitima su concesión.

Los requisitos que deberán cumplir las beneficiarias son los siguientes:

Podrán solicitar subvenciones las entidades deportivas de San Fernando de Henares que figuren inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid, con al menos 2 años de antigüedad con carácter general, desde la fecha de aprobación de las bases de la convocatoria por la Junta de Gobierno Local.

Tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de San Fernando de Henares.

Participar en competiciones deportivas de modalidades oficialmente reconocidas por alguna federación deportiva madrileña o española. O en su defecto, justificar la colaboración con el Área de Deportes del Ayuntamiento de San Fernando de Henares por el objeto de la subvención, a través del convenio de colaboración con el propio Área de Deportes.

Serán objeto de subvención las categorías incluidas en la Orden 351/2022, de 22 de marzo, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se convocan las Competiciones del Deporte Infantil de la Comunidad de Madrid, Serie Básica, para la temporada 2022-2023, en su artículo quinto “Categoría de los deportistas”, que describe “La denominación de las categorías para la temporada 2022-2023, serán las que a continuación se relacionan y estarán configuradas por los años de nacimiento que más abajo se detallan:

— Pre-deporte: años de nacimiento: 2017, 2018 y 2019.

— Pre-Benjamín: años de nacimiento: 2015 y 2016.

— Benjamín: años de nacimiento: 2013 y 2014.

— Alevín: años de nacimiento: 2011 y 2012.

— Infantil: años de nacimiento: 2009 y 2010.

— Cadete: años de nacimiento: 2007 y 2008.

— Juvenil: años de nacimiento: 2005 y 2006.”

No estar incursos en alguna de las causas contempladas en el artículo 13.2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en especial, no tener deudas pendientes con el Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

No estar cumpliendo sanción firme por infracción disciplinaria o administrativa en materia deportiva.

Haber justificado debidamente las subvenciones percibidas con anterioridad del Ayuntamiento de San Fernando de Henares.

Segundo. Objeto.—Constituye el objeto de estas bases para la convocatoria de subvenciones, la regulación del procedimiento aplicable para la concesión de subvenciones a entidades deportivas del municipio de San Fernando de Henares que colaboran en la promoción deportiva con el Área de Deportes del propio municipio, año 2023, de acuerdo con el régimen jurídico definido en la Ley General de Subvenciones, aprobada por Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Tercero. Bases reguladoras.—La presente convocatoria se establece en el marco de la siguiente normativa:

— Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), y el Real Decreto 887/2006 de 21 de julio que aprueba el Reglamento que la desarrolla (RGS).

— La Ordenanza General de Subvenciones de San Fernando de Henares BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 65, de 16 de marzo de 2020.

— Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante LPACAP).

— Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

— Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.

Los principios que rigen estas bases son, a parte de los que dictamina el artículo 3 de la Ordenanza municipal de Subvenciones, los siguientes:

— Los de Publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

— Eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados por el Ayuntamiento y, específicamente en el desarrollo de los objetivos de desarrollo sostenible y eficiencia y eficacia energética.

— Eficacia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Son de carácter voluntario y eventual.

Las subvenciones otorgadas no comportan motivo de prioridad o preferencia alguna para futuras subvenciones.

El modelo de solicitud y las correspondientes bases se encuentran a disposición de las interesadas en la página web del Ayuntamiento de San Fernando de Henares ( www.ayto-sanfernando.com ). Además, se publicará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto. Cuantía.—Para el cumplimiento de la finalidad establecida en esta convocatoria se destinará el crédito establecido en el presupuesto vigente, partida presupuestaria 3411.489.05 “otras transferencias a clubes deportivos”, por un importe máximo de cuarenta y cinco mil euros (45.000 euros).

Para la valoración de las solicitudes se tendrán en cuenta los siguientes criterios referidos a la temporada 2022-2023:

— Gastos Federativos (35 por 100): 15.750 euros.

— Número de personas deportistas de la entidad (45 por 100): 20.250 euros.

— Deporte Femenino (15 por 100): 6.750 euros.

— Deporte Personas con Diversidad Funcional (5 por 100): 2.250 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitud de subvención con la documentación requerida será de cinco (5) días hábiles a contar desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Además, se publicará en la página web municipal ( www.ayto-sanfernando.com ). Se deberá presentar a través del registro electrónico del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (pza. España, s/n). La convocatoria podrá establecer los medios de publicidad adicionales que el órgano convocante estime más convenientes para facilitar el conocimiento general de la misma.

Sexto. Otros datos.—Cada solicitud deberá acompañarse de la siguiente documentación:

Las entidades o personas solicitantes de la subvención deberán presentar la siguiente documentación original o fotocopia compulsada:

— Solicitud de subvención (Anexo I) totalmente rellenado, firmado y sellado por la persona con el cargo de presidente, secretario, representante legal o responsable de la entidad.

— Certificado de la federación (Anexo II): Certificado original expedido por la federación correspondiente, firmado por persona representante legal (presidencia, secretaría general,...) y sellado, de acuerdo con el impreso que se adjunta.

— Responsable (Anexo III), debidamente cumplimentado por la entidad solicitante, sellado y firmado por la persona representante legal (presidencia, secretaría general,...), de acuerdo con el impreso que se adjunta.

— Documentos acreditativos de estar al:

a) Corriente de pago en sus obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria.

b) Corriente de pago en sus obligaciones tributarias con la Seguridad Social.

— Fotocopia de inscripción en el Registro Municipal de Asociaciones y en el Registro de Entidades Deportivas de la Comunidad de Madrid.

— Documento con la composición actualizada de la Junta Directiva de la Entidad Deportiva, con los datos de contacto de cada uno de ellos.

— Memoria deportiva de la temporada 2022-2023 en la que conste, al menos, el número de entrenamientos semanales, competiciones, eventos realizados y otras actividades realizadas a lo largo de la temporada, junto con horarios, calendarios y lugares de entrenamiento, logros de los equipos y personas deportistas individuales, número de personas deportistas y/o equipos del club, categorías de participación, programas especiales de fomento del deporte femenino y/o inclusivo, etc.

— Proyecto deportivo para la temporada 2023-2024.

— Presupuesto económico de la temporada 2023-2024.

— Fotocopia del pago del último recibo del seguro de responsabilidad civil (SRC). En todo caso, el último recibo debe cubrir la actividad realizada en el período subvencionable (enero 2023-diciembre 2023).

San Fernando de Henares, a 17 de noviembre de 2023.—El alcalde-presidente, Francisco Javier Corpa Rubio.

(03/19.761/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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