Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2023

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231130-2

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

2
ORDEN de 22 de noviembre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, por la que se aprueba convocatoria pública para la provisión de dos puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral, denominados “Conductor Alto Cargo”, de Libre Designación.

Con la finalidad de proveer mediante el sistema de Libre Designación y conforme a lo previsto en los artículos 30, 73 y siguientes del Convenio Colectivo Único para Personal Laboral al Servicio de la Comunidad de Madrid, dos puestos de carrera reservados al personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid, adscritos a la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, con las características establecidas en el Anexo I, se procede a la aprobación de las siguientes bases de convocatoria:

BASES DE CONVOCATORIA

Base primera

Objeto

Se aprueba convocatoria pública para la provisión de los dos puestos de trabajo de carrera de naturaleza laboral, que figuran en el anexo I, mediante el sistema de Libre Designación entre el personal laboral fijo al servicio de la Comunidad de Madrid.

Base segunda

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá, en todo lo referente a su organización y desarrollo, por lo dispuesto en el Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al Servicio de la Comunidad de Madrid (2021-2024).

Base tercera

Requisitos y condiciones de participación

1. Ostentar la condición de personal laboral fijo de la Administración de la Comunidad de Madrid incluido en el ámbito de aplicación del citado Convenio Colectivo, con excepción del personal de las empresas públicas.

2. Encontrarse en activo, en excedencia por cuidado de hijos, por cuidado de familiares, por razón de violencia de género o por motivos particulares.

3. No hallarse cumpliendo una sanción de demérito que comporte la suspensión del derecho a concurrir en convocatorias de provisión de puestos de carrera.

4. Pertenecer al grupo, categoría y área de actividad a que se encuentre adscrito el puesto de trabajo convocado.

5. Los requisitos deberán cumplirse el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso de cobertura.

Base cuarta

Solicitudes y documentación

1. La solicitud para participar en la convocatoria, se cumplimentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección: sede.comunidad.madrid. Las solicitudes deberán presentarse en el Registro Electrónico de la Comunidad de Madrid en el plazo de quince días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, junto con la documentación que proceda.

2. Para la presentación de la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

3. Junto con la solicitud los aspirantes deberán aportar la documentación que acredite el perfil profesional y en todo caso:

— Certificado de cumplimiento de requisitos mínimos, se cumplimentarán en el modelo normalizado que se encuentra disponible en la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, en la dirección: sede.comunidad.madrid., que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste servicios.

— Servicios prestados en la Comunidad de Madrid u otras Administraciones Públicas: certificado original acreditativo de los períodos trabajados, funciones así como de la categoría profesional en la que han sido prestados aquellos, que deberá ir firmado por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que haya prestado servicios, si se trata de experiencia adquirida en la Comunidad de Madrid, así como por el órgano que tenga asumidas las competencias correspondientes cuando se trate de otras Administraciones Públicas.

— Certificado original de funciones desempeñadas en la categoría profesional en la que se preste o se haya prestado servicios, con indicación de las funciones desempeñadas y períodos trabajados, expedido por el titular de la Secretaría General Técnica, Subdirección General de Personal o responsable de personal de la Consejería, Organismo o Ente en el que preste o haya prestado servicios.

4. Conforme a lo previsto en el artículo 68.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se requerirá al interesado para que, en un plazo de diez días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución.

5. A efectos del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8 de la “Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales” y artículo 5 del “Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE” (Reglamento General de Protección de Datos), los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local para el desarrollo del proceso selectivo, siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión a este proceso.

Base quinta

Sistema de provisión

El sistema de provisión del puesto será el de Libre Designación, de forma que el titular de la Consejería, u Órgano en el que haya delegado, seleccionará libre y discrecionalmente al candidato de entre los que reúna los requisitos y el perfil establecidos en el anexo I de las bases de esta convocatoria.

Base sexta

Adjudicación del puesto

1. Los puestos convocados se adjudicarán a los candidatos que reuniendo los requisitos establecidos en el anexo I, sean seleccionados libre y discrecionalmente por el titular de la Consejería u Órgano en el que hubiese delegado la competencia.

2. Mediante Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local, se procederá a la adjudicación del puesto, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

3. El destino obtenido será definitivo e irrenunciable, salvo que el candidato seleccionado obtenga otro puesto de carrera convocado con anterioridad a la adjudicación de este.

4. El acceso a un puesto de carrera no supondrán en ningún caso la reserva del puesto de procedencia.

Base séptima

Recursos

Contra la presente convocatoria y las actuaciones que se deriven de la misma podrán los interesados interponer demanda, en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 22 de noviembre de 2023.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, P. D. (Orden de 10 de diciembre de 2021, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de diciembre), la Secretaria General Técnica, Lourdes Ríos Zaldívar.

(03/19.562/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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