Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 285

Fecha del Boletín 
30-11-2023

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231130-41

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

41
Madrid. Urbanismo. Distrito de Fuencarral-El Pardo. Plan especial

Distrito de Fuencarral-El Pardo

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión celebrada el día 30 de noviembre de 2023, adoptó el siguiente acuerdo:

“Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos para implantación de la actividad de hospedaje en edificio exclusivo, en su categoría de apartamentos turísticos, sito en la calle Panaderos, número 13, promovido por Laroelsa, S. L., del distrito de Fuencarral-El Pardo, una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación Inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 13 de octubre de 2022.

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto.—El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día de la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid”.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido remitido, con fecha 8 de noviembre de 2023, un ejemplar del Plan de Ordenación Urbana aprobado al Registro Administrativo de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, en aplicación de lo previsto en el artículo 65 de la citada Ley 9/2001.

Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

Madrid, a 10 de noviembre de 2023.—El secretario general del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.—Doy fe, la secretaria de Distrito, Yolanda Salazar Corredor.

(02/19.042/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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