Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 286

Fecha del Boletín 
01-12-2023

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231201-20

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

20
ORDEN 3375/2023, de 20 de noviembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se amplía la cuantía del crédito de la Orden 125/2023, de 25 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2023, de las ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

Por Acuerdo de 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

Por Orden 125/2023, de 25 de enero, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para la concesión directa, durante el año 2023, de las ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid.

En el dispongo primero de la citada Orden 125/2023, de 25 de enero, se establecía que el importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa, durante el año 2023, de las ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, era de ciento treinta mil euros (130.000 euros).

Visto el incremento del número de solicitudes de ayuda registradas en el presente ejercicio 2023, se considera necesaria la aprobación de una ampliación de crédito, que se imputará al Programa Presupuestario 232B, Acciones contra la violencia de género y promoción de la igualdad de oportunidades, partida 48399 “A familias”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2023.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 7.1.a) y 4.5, de La Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, corresponde a la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales la concesión de las ayudas y la publicación de la declaración de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico que se deriven de su concesión.

En su virtud, de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente y, teniendo en cuenta el expediente de crédito tramitado al efecto,

DISPONGO

Primero

Ampliación del crédito presupuestario

Para el cumplimiento de la finalidad establecida en el Acuerdo de 8 de noviembre de 2022, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, se amplía en cuarenta mil euros (40.000 euros), imputados al Programa Presupuestario 232B, Acciones contra la violencia de género y promoción de la igualdad de oportunidades, partida 48399 “A familias”, de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2023.

Segundo

Publicación

Publicar, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, la presente Orden por la que se declara la ampliación del importe del crédito presupuestario disponible para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas a mujeres víctimas de violencia de género para favorecer su salida de centros residenciales de la Red de Atención Integral para la Violencia de Género de la Comunidad de Madrid, con cargo al presupuesto vigente.

Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de noviembre de 2023.

La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, ANA DÁVILA-PONCE DE LEÓN MUNICIO

(03/19.476/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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