Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
05-12-2023

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231205-65

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Patronato Municipal de Deportes

65
Fuenlabrada. Régimen económico. Patronato Municipal de Deportes. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de resolución de la presidencia del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada número 395 del 27 de noviembre de 2023, relativa a la aprobación de la convocatoria de premios deportivos 2023.

BDNS: 729717

De conformidad con lo previsto en los artículo 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index)

Primero. Beneficiarios/as.—Toda persona física que practique actividades deportivas individuales, que cumplan los siguientes requisitos:

1. Realizar un deporte de competición en la modalidad individual.

2. Estar empadronado/a en el municipio de Fuenlabrada, al menos los dos últimos años (de forma continuada) con anterioridad al día de inicio del plazo para presentación de solicitudes.

3. Disponer de licencia federativa correspondiente a la concesión de dicho premio con la que se ha representado al campeonato que certifique la Federación, durante el período puntuable en la convocatoria (será suficiente con el número de dicha licencia o el D.N.I. que conste en el certificado) de la Federación.

4. En Deporte Escolar en que, según la Federación correspondiente, no posean licencia federativa, se pondrá en dicho certificado el número del D.N.I. del/la deportista solicitante.

5. Los/as premiados/as deberán solicitar el premio según el Campeonato por el mayor logro obtenido, ya que sólo tendrán derecho a un premio por deportista y período. En el caso de Deporte Universitario, según normativa de la Federación correspondiente.

6. El premio a conceder está contemplado en base al artículo tercero (según el baremo adjunto, teniendo en cuenta el tipo y número correspondiente).

7. No estar cumpliendo infracción disciplinaria en materia deportiva calificada como grave o muy grave.

8. Las puntuaciones de las competiciones por parejas, dobles o relevos se multiplicarán por 0,50.

Quedan excluidos/as:

a) Los deportes de equipo.

b) Los deportes no reconocidos por el C.S.D. (Consejo Superior de Deportes).

c) Los/as participantes de deporte individual que consigan el mejor resultado en las competiciones por equipo.

d) Los/as participantes en competiciones correspondientes a gremios profesionales (policías, bomberos. etc.).

e) Los campeonatos de selecciones autonómicas, campeonatos por clubs, copas, torneos, trofeos o cualquier otra convocatoria que no sea el campeonato absoluto correspondiente según el baremo adjunto en el artículo 6, convocado por las Federaciones Autonómicas o Nacional.

Segundo. Objeto.—El Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada convoca el procedimiento de concesión de premios deportivos a personas físicas, que practiquen actividades deportivas a nivel individual, consistente en una disposición dineraria a favor de deportistas que cumplan los requisitos de esta Convocatoria.

La concesión de estos premios se realizará conforme al mayor logro deportivo obtenido, certificado por la Federación correspondiente, teniendo en cuenta las fechas de los campeonatos, siendo el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 al 31 de diciembre de 2023.

Se procederá al pago una vez aprobada la concesión definitiva de los premios, mediante transferencia bancaria.

Tercero. Bases reguladoras.—La ordenanza reguladora de subvenciones del Ayuntamiento de Fuenlabrada se encuentra publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de marzo de 2005, así como en la página web municipal.

Cuarto. Importe.—El crédito aprobado asciende a 55.000 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 4069/341/48000, correspondiente al ejercicio 2023. Los criterios de reparto son los siguientes:





Quinto. Plazo de presentación.—El plazo de presentación de las solicitudes y documentación preceptiva será en el período del 9 de enero de 2024 al 22 de enero de 2024 (ambos incluidos). Las solicitudes podrán presentarse, debidamente cumplimentadas y acompañadas de la documentación exigida, por el/la interesado/a o su representante, por cualquiera de los siguientes medios:

— Presencialmente, en el registro del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, registro general de entradas del Ayuntamiento de Fuenlabrada o en cualquiera de sus registros auxiliares.

— Telemáticamente, a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Fuenlabrada (https://sede.ayto-fuenlabrada.es/)

— En el resto de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Fuenlabrada, a 27 de noviembre de 2023.—El vicepresidente del Patronato Municipal de Deportes de Fuenlabrada, Juan Agustín Domínguez San Andrés.

(03/19.835/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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