Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
22-12-2023

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231222-17

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

17
ORDEN 4763/2023, de 11 de diciembre, de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, por la que se modifica la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025, en lo relativo a las becas para el comedor escolar.

La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, en su artículo 6.3.j) reconoce el derecho básico del alumnado a recibir las ayudas y los apoyos precisos para compensar las carencias y desventajas de tipo personal, familiar, económico, social y cultural, especialmente en el caso de presentar necesidades educativas especiales, que impidan o dificulten el acceso y la permanencia en el sistema educativo.

Los servicios escolares complementarios, como es el comedor escolar, tienen como finalidad complementar el proceso educativo que se realiza en los centros docentes o el de facilitar el mismo, desempeñando una destacada función social y educativa.

El servicio de comedor escolar, además de cumplir una función básica de alimentación y nutrición relacionada con la educación para la salud, está integrado en la vida y organización de los centros educativos de tal manera que su programación, desarrollo y evaluación forma parte de la programación general anual del centro educativo.

Mediante la Orden 1025/2023, de 28 de marzo, se aprobó el Plan Estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Educación y universidades, en cuyo apartado V.9 se incluyeron las becas de comedor escolar para alumnos escolarizados en centros públicos de la Comunidad de Madrid, previéndose un importe por curso de 39.200.000 euros para su financiación.

A continuación, mediante Acuerdo de Consejo de Gobierno de 17 de mayo de 2023 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 29 de mayo de 2023) se aprobaron las normas reguladoras del procedimiento de concesión directa de dichas becas.

La implantación de este nuevo sistema de concesión directa de becas, sustancialmente distinto al anterior sistema de precios reducidos y exenciones, provocó la necesidad de establecer un período transitorio para el curso 2023-2024 durante el cual, con el fin de no perjudicar a las familias afectadas por el cambio, se concedieran todas las becas que se hubieran solicitado en plazo. Así, mediante Acuerdo de 18 de octubre de 2023, del Consejo de Gobierno, se modificaron con esta finalidad las normas reguladoras. Consecuentemente, el crédito previsto inicialmente para estas ayudas se incrementó, elevándose a 56,4 millones de euros para todo el curso 2023-2024.

Actualmente, de cara al curso 2024-2025, se considera necesario elevar nuevamente el presupuesto destinado a las becas de comedor ya que se incorporan potencialmente nuevos destinatarios como son las familias numerosas, familias monoparentales con dos o más miembros y se eleva el nivel de renta per cápita familiar máximo a partir del cual puede optarse a las ayudas, con el objeto de que un mayor número de beneficiarios puedan disfrutar de las mismas.

Por ello es necesaria la modificación del plan estratégico, para la actualización tanto el coste presupuestario de la línea de subvención, así como la estimación de beneficiarios.

Por su parte, el artículo 25 de la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid, establece la obligación de publicar los planes estratégicos de subvenciones, además de en el portal de transparencia de la Comunidad de Madrid, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En su virtud, de conformidad con las competencias que me atribuye el artículo 7 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid y a fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 4 bis de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, citada,

DISPONGO

Primero

Modificación de la Orden 1025/2023, por la que se aprueba el plan estratégico de la Viceconsejería de Política Educativa de la Vicepresidencia, Consejería de Educación y Universidades para los ejercicios 2023, 2024 y 2025.

La Orden 1025/2023, en el apartado V. “Ámbito de la educación concertada, becas y ayudas al estudio”, V.9 “Becas para el comedor escolar”, queda modificada como sigue:

Uno. Se modifica el apartado b), que queda redactado del siguiente modo:

«b) Coste presupuestario. Para la financiación de estas becas se dispondrá, con cargo al subconcepto económico 48399 del Programa 323M “Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio”, de las siguientes cuantías:

— Curso 2023-2024: 56.400.000 euros, correspondiendo 27.200.000 a la anualidad de 2023 y 29.200.000 euros a la anualidad de 2024.

— Curso 2024-2025: 87.026.802 euros, correspondiendo 42.713.402 euros al ejercicio 2024 y 44.313.400 euros al ejercicio 2025>.

Dos. Se modifica el apartado e), que queda redactado del siguiente modo:

«e) Efectos: se estima la concesión de aproximadamente 106.000 becas para el comedor escolar durante el curso 2023-2024 y 220.000 becas para el comedor escolar para el curso 2024-2025».

Segundo

Efectos

Esta Orden producirá efectos desde el momento de su firma.

Tercero

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Esta Orden se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y el Portal de Transparencia de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 11 de diciembre de 2023.

El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, EMILIO VICIANA DURO

(03/20.856/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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