Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 304

Fecha del Boletín 
22-12-2023

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231222-86

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE SAN FERNANDO DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

86
San Fernando de Henares. Régimen económico. Ordenanzas fiscales

Doña Silvia Buabent Vallejo, concejala-delegada de Hacienda del Ayuntamiento de San Fernando de Henares (Madrid).

Hace saber: Que el Ayuntamiento Pleno, en su sesión ordinaria celebrada el día 19 de octubre de 2023, de conformidad con el dictamen emitido por la Comisión Informativa de Cuentas, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo:

Aprobar de manera provisional las modificaciones a las ordenanzas fiscales números 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 25 y 26.

Que ha transcurrido el plazo de treinta días desde el día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 262 de fecha 3 de noviembre de 2023.

Que durante este plazo se ha mantenido expuesto al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento desde el día 3 de noviembre de 2023 hasta el día 19 de diciembre de 2023, según certificado de la Secretaria del Ayuntamiento.

Que no han sido presentadas reclamaciones en este plazo, según certificación del Ayuntamiento de fecha 20 de diciembre de 2023.

Según lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, se dan por aprobadas definitivamente las modificaciones a las ordenanzas fiscales números 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 25 y 26, estando publicado el texto íntegro de dichas modificaciones en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 262 de fecha 3 de noviembre de 2023

San Fernando de Henares, a 21 de diciembre de 2023.—La concejala-delegada de Hacienda, Silvia Buabent Vallejo.

(03/21.385/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20S: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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