Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 308

Fecha del Boletín 
28-12-2023

Sección 1.2.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231228-6

Páginas: 23


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

6
ORDEN 1900/2023, de 19 de diciembre, de la Consejera de Sanidad, por la que se aprueba la relación definitiva del personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en los centros sanitarios “Gregorio Marañón”, “Virgen de la Poveda”, “Guadarrama”, “José Germain”, “La Paz-Cantoblanco”, “Doctor Rodríguez Lafora” y Centro Regional de Transfusión, adscritos al Servicio Madrileño de Salud que se integra en el régimen del Personal Estatutario.

I

Por Orden 1625/2022, de 27 de octubre, del Consejero de Sanidad, se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 16 de noviembre de 2022, la convocatoria del proceso de integración voluntaria del personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en los centros sanitarios “Gregorio Marañón”, “Virgen de la Poveda”, “Guadarrama”, “José Germain”, “La Paz-Cantoblanco”, “Doctor Rodríguez Lafora” y Centro Regional de Transfusión adscritos al Servicio Madrileño de Salud.

II

Conforme a lo señalado en la disposición quinta punto 1 de la citada Orden, los interesados disponían de un plazo de un mes, desde el día siguiente al de la publicación de la Orden, para la presentación de la solicitud de integración voluntaria del personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en los centros sanitarios “Gregorio Marañón”, “Virgen de la Poveda”, “Guadarrama”, “José Germain”, “La Paz-Cantoblanco”, “Doctor Rodríguez Lafora” y Centro Regional de Transfusión.

III

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes para participar en el citado proceso de integración voluntaria, previa revisión de las solicitudes por la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud y comprobado que los candidatos reúnen los requisitos establecidos en la Orden 1625/2022, de 27 de octubre, del Consejero de Sanidad, la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por Resolución de 15 de febrero de 2023, publicó la relación provisional de admitidos y excluidos al proceso de integración voluntaria en el régimen estatutario del personal laboral fijo y funcionario de carrera que presta servicios en los citados centros sanitarios, concediendo a los interesados un plazo de treinta días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la citada Resolución, para que pudieran realizar todas aquellas alegaciones que considerasen oportunas.

IV

En virtud de lo expuesto anteriormente, una vez finalizado el plazo concedido para la presentación de alegaciones, analizadas las mismas y verificado que los solicitantes reúnen los requisitos exigidos en la convocatoria, a propuesta del Servicio Madrileño de Salud, y de conformidad con lo establecido en la disposición quinta punto 3 de la Orden 1625/2022, de 27 de octubre, del Consejero de Sanidad y en el artículo 50, apartado 3, de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Primero

Integrar como personal estatutario fijo al personal laboral fijo y funcionario de carrera incluido en la relación definitiva que se recoge en el Anexo I a la presente Orden, con indicación de la categoría estatutaria de integración, situación administrativa y, en su caso, centro sanitario de adscripción.

Asimismo, en el Anexo I se incluye al personal laboral fijo que, ostentando la condición de personal estatutario fijo en situación diferente a la de activo, reingresa de forma definitiva en su categoría estatutaria.

Segundo

Excluir del proceso de integración al personal que se relaciona en el Anexo II a la presente Orden, con especificación de las causas de exclusión.

Asimismo, en el citado Anexo II se relacionan los profesionales que han presentado renuncia al proceso de integración.

Tercero

Determinar que los efectos jurídicos y económicos para el personal relacionado en el Anexo I serán los que se recogen en el artículo 6 del Decreto 8/2007, de 1 de febrero, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se regula el proceso voluntario de integración en el régimen estatutario del personal laboral y funcionario que presta servicios en las instituciones sanitarias del Servicio Madrileño de Salud, y surtirá efectos en la fecha en la que se apruebe el correspondiente expediente de modificación de plantilla.

Cuarto

Declarar que el personal integrado en la categoría estatutaria quedará en su categoría o cuerpo de origen en la situación administrativa que corresponda.

Quinto

Ordenar al Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, conforme prevé la disposición quinta punto 3 de la Orden 1625/2022, de 27 de octubre, del Consejero de Sanidad, que expida al personal integrado el nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría que corresponda, una vez modificada la plantilla orgánica del centro afectado por esta integración.

Sexto

De conformidad con la disposición octava de la Orden 1625/2022, de 27 de octubre, el personal funcionario de carrera y laboral fijo, incluido en el ámbito de aplicación de la citada Orden, que no opte por la integración o aquel que optando no reúna los requisitos exigidos para su concesión, continuará en el puesto de trabajo que desempeñe o, en su caso, el que tenga reservado, conservando los derechos que se deriven de su condición de personal funcionario o laboral, conforme a las normas que le sean de aplicación, declarándose a extinguir sus puestos de trabajo.

Séptimo

Contra la presente Orden que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer ante la Consejera de Sanidad recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer recurso contencioso-administrativo ante el juzgado correspondiente, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.2 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

Dado en Madrid, a 19 de diciembre de 2023.

La Consejera de Sanidad, FÁTIMA MATUTE TERESA









































(03/21.251/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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