Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
29-12-2023

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20231229-27

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COBEÑA

URBANISMO

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Cobeña. Urbanismo. Plan parcial

Habiéndose publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 9 de octubre de 2023, número 240, el acuerdo de la Comisión de Urbanismo de Madrid, de 28 de septiembre, relativo a la aprobación definitiva de la Modificación Puntual del Plan Parcial del Sector 5B “Valdevaleros Sur”, nueva redacción del artículo 64, referente a la “Ordenanza IV. Equipamientos de Cobeña” (enero 2023), y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001 de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril de las Bases de Régimen Local, se publica el texto íntegro del artículo que se modifica:

“Art 64. Generalidades.—Corresponde a las zonas destinadas a usos generales de servicio de la ciudad, y recogidas dentro del Plan Parcial como áreas de equipamiento. El Plan incorpora un equipamiento deportivo, un equipamiento docente-escolar, y un equipamiento social, toda vez que los equipamientos comerciales tienen su específica ordenanza, y los equipamientos de instalaciones para centros de transformación y depósitos de gas, se rigen por el reglamento de servicios municipal.

Sin embargo, dentro de los ámbitos social y deportivo podrán construirse todo tipo de servicios para el bien de la colectividad, razón por la que la ordenanza única de aplicación, hace referencia a los usos que en cada momento den respuesta a las necesidades de la población al criterio del excelentísimo Ayuntamiento de Cobeña”.

Lo que se comunica para general conocimiento y efectos.

En Cobeña, a 19 de diciembre de 2023.—El alcalde, Jorge Amatos Rodríguez.

(03/21.186/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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