Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 9

Fecha del Boletín 
11-01-2024

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240111-6

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE

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ORDEN 2429/2023, de 29 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se resuelve con carácter definitivo la convocatoria pública de subvenciones de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, Componente C24.I2.P2.1 (en la actualidad, C24.I02.P5.1), correspondiente al año 2022.

Por Orden 2188/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se establece la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales, con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, Componente C24.I2.P2.1 (en la actualidad, C24.I02.P5.1), correspondiente al año 2022, cuyo extracto fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de febrero de 2023.

Las bases reguladoras fueron aprobadas por la Orden 1747/2021, de 29 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte (corrección de errores por Orden 19/2022, de 10 de enero, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte; corrección de errores aritméticos por Orden 74/2022 de la citada Consejería de Cultura, Turismo y Deporte; modificada por Orden 264/2022, de 28 de febrero, de dicha Consejería de Cultura, Turismo y Deporte).

El importe máximo que se destinará a la convocatoria de las presentes ayudas es de 2.696.313,63 euros, que se financiará con cargo al programa presupuestario 334 A, correspondiente a la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, con el siguiente desglose:

— Entidades Privadas: Partida 77309: 1.887.420 euros.

— Entidades Públicas: Partida 76309: 808.893,63 euros.

La distribución de la cuantía total de la convocatoria entre los créditos presupuestarios señalados tiene carácter estimativo, ajustándose el importe total que corresponda a cada aplicación presupuestaria de acuerdo con el resultado de la propuesta de resolución de concesión definitiva, tramitando para ello las modificaciones sobre el expediente de gasto que resulten necesarias.

De acuerdo con la presente resolución de concesión definitiva, se ha ajustado el importe total correspondiente a cada partida, llevando a cabo una modificación de crédito con el sobrante de la partida de Entidades Privadas a la Partida de Entidades Públicas, quedando así la distribución:

— Entidades Privadas: Partida 77309: 1.418.612,44 euros.

— Entidades Públicas: Partida 76309: 1.277.701,19 euros.

De conformidad con el artículo 1.o de la citada Orden 1747/2021, de 29 de diciembre, las presentes ayudas tienen como finalidad contribuir a la financiación de inversiones para la modernización y gestión sostenible de las infraestructuras de las artes escénicas y musicales ubicadas en la Comunidad de Madrid, tanto de titularidad pública como privada, según el Componente C24.I2.P2.1 (en la actualidad, C24.I02.P5.1) del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España.

Recibidas las solicitudes, la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas, como órgano instructor de las mismas, a través de la Subdirección General de Gestión y Promoción Cultural, ha procedido al estudio y análisis de las solicitudes recibidas con el fin de comprobar su adecuación en tiempo, forma, objeto y requisitos a los establecidos en las bases reguladoras y la convocatoria.

Asimismo se ha tenido en cuenta, para la concesión de las subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al “Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU”, que el importe máximo concedido o a conceder es de 200.000,00 euros por espacio escénico, que las ayudas no podrán superar el 80 por 100 del presupuesto total del proyecto y que el 20 por 100 restante será cubierto con aportación del beneficiario.

Con fecha 4 de agosto de 2023, se reunió el órgano colegiado de evaluación, para conforme a los criterios recogidos en las citadas bases y convocatoria, elaborar la propuesta de resolución de las citadas ayudas.

En consonancia con lo anteriormente expuesto, el órgano instructor ha elevado propuesta de resolución definitiva. Por ello, y de conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid:

DISPONGO

Primero

Adjudicar una subvención a favor de los solicitantes que se indican a continuación, de conformidad con la Orden 2188/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se establece la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, Componente C24.I2.P2.1 (en la actualidad, C24.I02.P5.1) correspondiente al año 2022, cuyo extracto fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de febrero de 2023.



Segundo

Desestimar la subvención a favor de los solicitantes que se indican a continuación, de conformidad con la Orden 2188/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU, Componente C24.I2.P2.1 (en la actualidad, C24.I02.P5.1) correspondiente al año 2022, cuyo extracto fue publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 13 de febrero de 2023, por las siguientes razones:

1. Por tener una puntuación insuficiente y por tanto no alcanzar la puntuación mínima de 55 puntos, conforme establece el apartado 5 del artículo 9 de la Orden 2188/2022, de 16 de diciembre.

2. Por exceder del límite de 200.000,00 euros concedido a cada espacio escénico, conforme al apartado 2 del artículo 13 de la Orden 2188/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte.

Tercero

Aceptar de plano la renuncia voluntaria de los interesados señalados en la siguiente relación, y dar por concluso el procedimiento, conforme al artículo 94 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el titular de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.2 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su notificación, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Asimismo, se expone a continuación la relación de interesados, que conforme a la Resolución del titular de la Dirección General de Cultura e Industrias Creativas de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, de 6 de junio de 2023, se tuvieron por desistidos de su solicitud, conforme a la orden 2188/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, por la que se establece la convocatoria de ayudas destinadas a la financiación de proyectos de inversión en infraestructuras escénicas y musicales con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea-Next Generation EU.

Madrid, a 29 de diciembre de 2023.—El Consejero de Cultura, Turismo y Deporte, P. D. (Orden 1389/2021, de 16 de noviembre, modificada por Orden 596/2023, de 9 de mayo), el Director General de Cultura e Industrias Creativas, Gonzalo Cabrera Martín.

(03/60/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.111.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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