Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 13

Fecha del Boletín 
16-01-2024

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240116-57

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAMANTILLA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Villamantilla. Régimen económico. Calendario fiscal

Por decreto de la Alcaldía, de fecha 5 de enero de 2024, acordó la aprobación del calendario fiscal del municipio correspondiente al ejercicio 2024 (que estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento ubicada en la siguiente dirección URL: www.sede.villamantilla.org , en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 24 y 25 del Reglamento General de Recaudación aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, en los términos que se exponen a continuación:

Calendario fiscal para el ejercicio 2024

1. Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica año 2024: 1 de marzo de 2024 al 30 de abril de 2024.

2. Tasa paso de carruajes. Año 2024: 1 de marzo de 2024 al 30 de abril de 2024.

3. Tasa por instalación de grúas. Año 2024: 1 de marzo de 2024 al 30 de abril de 2024.

4, Tasa por instalación de carteles. Año 2024: 1 de marzo de 2024 al 30 de abril de 2024.

5. Tasa recogida de basuras. 1.o Semestre 2024: 1 de marzo de 2024 al 30 de abril de 2024.

6. Tasa recogida de basuras. 2.o Semestre 2024: 1 de septiembre de 24 al 31 de octubre de 2024.

7. Impuesto sobre bienes inmuebles urbana. Año 2024: 1 de junio de 24 al 1 de agosto de 2024.

8. Impuesto sobre bienes inmuebles rústica. Año 2024: 1 de septiembre de 24 al 31 de octubre de 2024.

9. Impuesto sobre actividades económicas. Año 2024: 1 de septiembre de 24 al 31 de octubre de 2024.

10. Servicio especial de pagos (SEP) Año 2024: se cargará en cuenta los días 5 de cada mes de abril a septiembre inclusive, 6 pagos en total.

En Villamantilla, a 5 de enero de 2024.—El alcalde, Juan Antonio de la Morena Doca.

(01/242/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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