Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2024

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240119-28

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

28
RESOLUCIÓN de 10 de enero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las relaciones definitivas de admitidos y excluidos y se publica la de excluidos a las pruebas selectivas por el turno de promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría de Técnico en Emergencias Sanitarias del Servicio Madrileño de Salud.

Mediante Resolución de 18 de junio de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 28 de junio), se convocaron pruebas selectivas por el turno de promoción interna para el acceso a la condición de personal estatutario fijo en la categoría Técnico en Emergencias Sanitarias.

De conformidad con lo dispuesto en la base 8 de la Resolución de 26 de mayo de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del Servicio Madrileño de Salud, por la que se aprueban las bases generales y los baremos de méritos que han de regir las convocatorias de los procesos selectivos de personal estatutario del Servicio Madrileño de Salud, derivados de las ofertas de empleo público de la Comunidad de Madrid para los años 2018 y 2019 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 3 de junio), esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos a las citadas pruebas selectivas, que serán publicadas en la página web de la Comunidad de Madrid www.comunidad.madrid/servicios/salud/seleccion-personal-estatutario-serv... y en https://sede.comunidad.madrid

Segundo

Publicar, como Anexo a esta Resolución, la relación definitiva de aspirantes excluidos en las mencionadas pruebas selectivas.

Tercero

Se determinan las siguientes causas de exclusión:

A) No firma la solicitud.

B) Presentación de solicitud fuera de plazo.

C) No figura en la relación de admitidos ni excluidos.

D) No consta el número del NIF/NIE.

E) No acredita pago de tasas/pago de tasas insuficiente.

F) No acredita requisitos para participar por el turno de promoción interna.

G) No presentar acreditación de exención de tasas por desempleo o presentación de documentación no válida*.

H) No presentar acreditación de exención de tasas por discapacidad o presentación de documentación no válida.

I) No presentar acreditación de exención de tasas por víctima del terrorismo, su cónyuge e hijos o presentación de documentación no válida.

J) No presentar acreditación de exención de tasas por familia numerosa especial o presentación de documentación no válida.

K) No presentar acreditación de exención de tasas por familia numerosa general o presentación de documentación no válida.

L) No presentar acreditación de exención de tasas por víctima de violencia de género o presentación de documentación no válida.

M) No haber especificado la fecha de nacimiento o existir error en la misma.

N) Poseer la condición de personal estatutario fijo en la categoría convocada o equivalente, cualquiera que sea su situación administrativa.

O) No presentar el Anexo que acredita la “Autorización para presentación de solicitud”.

P) Otras causas de exclusión.

Q) No haber presentado la solicitud de forma telemática.

Cuarto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad y la Dirección General del Servicio Madrileño de Salud en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses.

* Esta causa de exclusión incluye, entre otros supuestos, el siguiente:

Haber presentado documentos que no acreditan de forma fehaciente el período mínimo ininterrumpido de permanecer inscrito en situación de desempleo durante al menos los seis meses inmediatamente anteriores a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la Resolución de la convocatoria.

A estos efectos, entre los documentos que no acreditan dichos extremos, se encuentran, a título de ejemplo, los siguientes:

— Justificante de demanda de empleo o documento acreditativo de alta y renovación de la demanda (DARDE).

— Documentación relativa a la condición de perceptor o beneficiario de pensión o subsidio por desempleo.

— Informe negativo de rechazos.

— Informe de vida laboral.

Madrid, a 10 de enero de 2024.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.

(03/490/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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