Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 16

Fecha del Boletín 
19-01-2024

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240119-72

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BUITRAGO DEL LOZOYA

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Buitrago del Lozoya. Régimen económico. Precio público

Se considera aprobado definitivamente, al no haberse presentado reclamaciones durante el trámite de información pública llevado a efecto, el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, en Sesión Extraordinaria celebrada el día 27 de mayo de 2021, en virtud del cual se aprobó, con carácter inicial, el “Anexo de tarifas de la tasa por estancia y uso de los servicios de la Residencia de Ancianos y Centro de Día Miralrío”, y que ha sido expuesto al público en anuncio insertado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, número 277, de fecha 21 de noviembre 2023, página 306.

Lo cual se publica, al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, insertándose a continuación el texto íntegro del “Anexo de tarifas de la tasa por estancia y uso de los servicios de la Residencia de Ancianos y Centro de Día Miralrío”.

“ANEXO

TARIFAS EN CENTRO RESIDENCIAL

— Plaza residente autónomo: 1.100 euros persona/mes.

— Plaza residente con necesidad de cuidados especiales y permanentes: 1.300 euros persona/mes.

A las anteriores tasas se añadirán 200 euros persona/mes para residentes con movilidad reducida.

Aquellos residentes que, en caso de disponibilidad, ocupen voluntariamente habitaciones adaptadas para personas con movilidad reducida, abonarán un suplemento de 200 euros mes/persona añadidos a la tasa que corresponda. Dicho suplemento no será de aplicación en los casos en los que dicha ocupación se haya producido por razones organizativas del centro, dado que las personas con movilidad reducida tienen preferencia para la ocupación de habitaciones adaptadas.

Las tarifas son acumulativas y se prorratearán en lo que corresponda, en el caso de que el servicio no comience a prestarse por mes completo o en caso de fallecimiento del sujeto pasivo.

— Plaza residente nuevo ingreso, tarifa única: 1.500 euros persona/mes.

En todos los casos se incluyen los siguientes servicios: manutención (desayuno, comida, merienda y cena), servicio médico y enfermera, servicio de lavandería, terapia ocupacional (talleres ocupacionales, gimnasia de mantenimiento, etc.). Las tarifas se prorratearán en lo que corresponda, en el caso de que el servicio no comience a prestarse por mes completo o en caso de fallecimiento del sujeto pasivo”.

Contra el presente acuerdo se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, dentro del plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Buitrago del Lozoya, a 9 de enero de 2024.—El alcalde, Francisco Javier del Valle Morales.

(02/355/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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