Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 17

Fecha del Boletín 
20-01-2024

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240120-3

Páginas: 6


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

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RESOLUCIÓN de 21 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial, año 2023, del convenio colectivo de la empresa EFS Mantenimiento y Servicios Técnicos, suscrito por la Comisión Negociadora (código número 28102811012020).

Examinado el acta de la revisión salarial año 2023 del convenio colectivo de la empresa EFS Mantenimiento y Servicios Técnicos, suscrito por la Comisión Negociadora el día 24 de mayo de 2023, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 31 del Decreto 230/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicha revisión salarial del convenio colectivo en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Economía y Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

Madrid, a 21 de diciembre de 2023.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

REUNIDOS

De una parte, D.a María Pilar Verdeal García, mayor de edad, actuando en nombre y representación de la mercantil TK Airports Solutions, con CIF: A-33490707, y con domicilio a efectos de notificaciones en polígono Vega Baiña, s/n, 33682 Mieres, Asturias.

Y de otra, D. Daniel Coca Marcos, mayor de edad, actuando en nombre y representación del Comité de Empresa, con domicilio en calle Lope de Vega, número 38, cuarto, código postal 28014 de Madrid, y titular del DNI: 50.7**.***-F.

Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para negociar la subida salarial correspondiente al ejercicio 2023.

MANIFIESTAN

Que ambas partes consideran la necesidad de actualizar los salarios de las personas trabajadoras en la empresa TK Airport Solutions, en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, para el año 2023.

ACUERDAN

Primero

Incremento salarial para el año 2023 del 4 por 100, aplicable a la totalidad de conceptos salariales que figuran en las tablas salariales del convenio.

Segundo

El incremento se aplicará a partir de la nómina de junio de 2023.

Tercero

Los atrasos devengados desde el 1 de enero al 31 de mayo de 2023 serán abonados en la nómina de junio de 2023.

Cuarto

Se adjuntan las tablas salariales de 2023.

Ambas partes, en prueba de conformidad, firman el presente acuerdo, que registrarán en la Dirección General de Trabajo de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 24 de mayo de 2023.—El Presidente del Comité de Empresa, Daniel Coca Marcos.—RR.HH. TK Airport Solution, María Pilar Verdeal García.







(03/21.483/23)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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