Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 21

Fecha del Boletín 
25-01-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240125-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Arganda del Rey. Régimen económico. Modificación presupuestaria

En cumplimiento al artículo 169.1 por remisión del 179.4 del texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público que habiendo transcurrido el plazo reglamentario de quince días hábiles de información pública del expediente de la modificación presupuestaria del ejercicio 2023 mediante transferencia de crédito entre distintas áreas de gasto, que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, aprobado provisionalmente en sesión de Pleno celebrada el 13 de diciembre de 2023, una vez resueltas las alegaciones presentadas al mismo, se aprueba definitivamente, siendo el resumen de la citada modificación el que a continuación se transcribe:

Contra el presente acuerdo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, al ser una disposición de carácter general no cabe recurso alguno en vía administrativa, sólo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio, según lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime conveniente.

Arganda del Rey, a 23 de enero de 2024.—El concejal-delegado de Hacienda, Jorge Pelado de Lamo.

(03/1.209/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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