Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 30

Fecha del Boletín 
05-02-2024

Sección 1.2.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240205-6

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

6
RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convoca el procedimiento para la formación de listas de funcionarios docentes aspirantes a ser designados miembros voluntarios de los tribunales en los procedimientos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para adquisición de nuevas especialidades en el citado cuerpo que se desarrollen durante el año 2024.

El artículo 7, apartado 7, del Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley, aprobado por el Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, prevé que las Administraciones educativas podrán disponer la posibilidad de participación voluntaria en los tribunales de selección, con carácter previo al procedimiento de designación forzoso.

En aplicación de lo anterior, con la finalidad de garantizar la elección de los profesionales más adecuados para su actuación como miembros de los tribunales que han de seleccionar a los participantes en los diferentes procedimientos selectivos para ingreso en el Cuerpo de Maestros y para la adquisición de nuevas especialidades en el citado Cuerpo, que se desarrollen durante el año 2024, esta Dirección General, en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, ha resuelto convocar procedimiento para la formación de listas de funcionarios docentes, aspirantes a ser designados miembros voluntarios de dichos tribunales, de acuerdo con las siguientes bases:

Primera

Participantes

Podrán solicitar la participación con carácter voluntario como miembro de los tribunales los funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros titulares de las siguientes especialidades: Educación Primaria, Lengua Extranjera: Inglés, Lengua Extranjera: Francés, Educación Infantil, Música, Educación Física, Pedagogía Terapéutica y Audición y Lenguaje, o Profesores de Enseñanza Secundaria para la especialidad de Inglés, Francés o Alemán, que se encuentren en situación de servicio activo y prestando servicios docentes en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid, durante el desarrollo de los procesos selectivos.

Segunda

Solicitudes

Todos aquellos interesados que, cumpliendo los requisitos establecidos en la base primera, deseen formar parte de los tribunales, deberán cumplimentar la Solicitud para formar parte de los tribunales en los procedimientos de ingreso en el Cuerpo de Maestros y para la adquisición de nuevas especialidades, que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, en el enlace https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/designacion-tribunales-maest... . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Estabilización”, “Concurso oposición de estabilización de Maestros”, “Tribunales”.

No se admitirá más de una solicitud por participante.

Marcarán la casilla correspondiente según deseen participar en calidad de presidente, y/o vocal. Pueden señalar una o las dos opciones a la vez, entendiéndose que se comprometen a participar indistintamente según lo reseñado.

Asimismo, se indicará solo una especialidad por la que desee intervenir siempre que sea titular o esté habilitado para la misma.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, los interesados podrán actuar por medio de representante, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna o mediante declaración en comparecencia personal del interesado.

Tercera

Forma de presentación

De conformidad con lo establecido en el apartado e) del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la presentación de la solicitud se realizará a través de medios electrónicos, dada su consideración de empleados públicos.

Para presentar la solicitud por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los certificados electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o bien estar dado de alta en IDentifica, medio de identificación y firma digital de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los sistemas de identificación y autenticación Cl@ve de la Administración General del Estado, o bien disponer de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma. Dicha información se encuentra en el portal “personal+educacion” (www,comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), en el apartado, “Tramitación electrónica”.

La solicitud de participación se realizará en el portal de la Comunidad de Madrid, mediante la aplicación que se encuentra disponible en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/designacion-tribunales-maest.... También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal+educacion” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia: “Funcionarios Docentes”, “Procesos selectivos”, “Estabilización”, “Concurso oposición de estabilización de Maestros”, “Tribunales”.

En el portal de la Comunidad de Madrid (comunidad.madrid), dentro del apartado “Sede electrónica” (sede.comunidad.madrid), se puede realizar la aportación de documentos durante la tramitación del expediente en los plazos establecidos para ello siguiendo la secuencia: “Aportar”, “Documentos”, y se pueden comprobar los documentos que se han anexado a la solicitud siguiendo la secuencia: “ “Consultar”, “Situación de tus expedientes”. Solo en el caso de presentar la solicitud mediante representante, deberá indicar sus datos en el apartado de la solicitud y presentar:

— Copia del DNI del representante en el supuesto de no autorizar su consulta.

— Documento de otorgamiento de la representación.

Cuarta

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes de participación será de quince días hábiles a contar desde el siguiente a la publicación de la presente Resolución.

Quinta

Listas provisionales de admitidos y excluidos

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, el Director General de Recursos Humanos dictará resolución ordenando la publicación de las listas provisionales de admitidos y excluidos en este procedimiento, especificando las causas de exclusión.

Asimismo, en estas listas provisionales se hará indicación, en el caso de los admitidos, de la especialidad por la que solicitan participar, así como el tipo de solicitud (presidente y/o vocal) que han consignado en la solicitud de participación.

Dichas listas se publicarán en el portal de la Comunidad de Madrid en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/designacion-tribunales-maest..., y podrán ser consultadas, con carácter meramente informativo y sin efectos administrativos en el portal “personal+educacion”, al que se puede acceder siguiendo la secuencia descrita en la base Segunda.

Sexta

Alegaciones/subsanación de la solicitud

Los aspirantes excluidos, los que hayan detectado errores en la consignación de sus datos personales, así como los que no figurasen en las mencionadas listas, dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la exposición de las listas provisionales para subsanar el defecto que hubiera motivado su exclusión, corregir los errores apreciados, o presentar las alegaciones que estimen convenientes.

La solicitud de alegaciones/subsanaciones se cumplimentará mediante la aplicación que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/designacion-tribunales-maest.... También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” (comunidad.madrid/servicios/personal-educacion), siguiendo la secuencia descrita en la base Segunda.

Séptima

Listas definitivas de admitidos y excluidos

Vistos y examinados los escritos presentados, el Director General de Recursos Humanos dictará resolución aprobando las listas definitivas de admitidos y excluidos, que serán publicadas en los mismos lugares en que se hicieron públicas las listas provisionales, especificando las causas de exclusión.

Octava

Renuncias a la participación

Una vez manifestado el deseo de participar como miembro voluntario en los procedimientos de selección, las posibles renuncias sobrevenidas con posterioridad a la cumplimentación de la solicitud, deberán ser justificadas y comunicadas a la Dirección General de Recursos Humanos antes de la publicación de la Resolución de nombramiento de Tribunales de selección, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Las solicitudes de renuncia se realizarán mediante la aplicación informática que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, siguiendo la secuencia descrita en la base Segunda.

No obstante, si las causas alegadas no se consideran eximentes, entrará a formar parte, en su caso, del resto de funcionarios que como forzosos pudieran ser nombrados miembros de un tribunal, según su especialidad, para participar en el procedimiento.

Las solicitudes vincularán a los participantes en los términos en ellas expresados.

Novena

Indemnizaciones

Las cuantías a percibir por participación en Tribunales, serán las que se fijan en la Orden de 16 de marzo de 2022, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se establece el importe de las asistencias por participación en órganos de selección del personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.

Décima

Recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 29 de enero de 2024.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.

(03/1.529/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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