Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 31

Fecha del Boletín 
06-02-2024

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240206-83

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE TORRES DE LA ALAMEDA

URBANISMO

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Torres de la Alameda. Urbanismo. Modificación normas subsidiarias

Aprobado en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 25 de enero de 2024, la rectificación del error material, de acuerdo con lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, padecido en el “Documento Refundido-Modificación Puntual de las NN SS Entorno del Camposanto-Redactado Ayuntamiento de Torres de la Alameda-Septiembre 2023.v4” por el Equipo Técnico de Código Arquitectura, firmado por el Arquitecto señor don Miguel Colmenares Pelillo, consistente en que en el documento aprobado figura un número máximo de 31 viviendas, cuando el número consignado en los dos documentos tramitados anteriormente elaborados en mayo y de octubre del 2022, era de 28.

Asimismo se ha aprobado el documento de modificación puntual de la Normas Subsidiarias Municipales denominado “Documento Refundido-Modificación Puntual de las NN SS Entorno del Camposanto-Redactado Ayuntamiento de Torres de la Alameda-Septiembre 2023.v4” redactado por el Arquitecto don Miguel Colmenares Pelillo, de Código Arquitectura, en el que se han incorporado las condiciones contenidas en el requerimiento efectuado por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad de Madrid, de 11 de julio de 2023, así como la rectificación del error advertido en el número máximo de viviendas.

Someter, en consecuencia, de nuevo el expediente a información pública, así como al requerimiento de informes en caso de ser necesario, conforme a lo estipulado en el artículo 57 de la vigente Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, al objeto de que en un plazo de cuarenta y cinco días a contar desde el día siguiente al de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se pudieran examinar dichos trabajos por los interesados y presentar las alegaciones que se estimen pertinentes.

Durante este período, la modificación puntual de las Normas Subsidiarias de Torres de la Alameda se encontrará depositada, para su consulta pública, en las dependencias municipales de urbanismo. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (dirección: https://www.torresdelaalameda.org ).

Quedan suspendidos los actos de uso del suelo, de construcción y edificación y ejecución de actividades en las áreas siguientes: zona verde del noroeste urbano; los suelos municipales de los actuales huertos, y la UA-1 “La Cornisa”, cuyas nuevas determinaciones suponen modificación del régimen urbanístico vigente. La duración de la suspensión es de seis meses.

Torres de la Alameda, a 26 de enero de 2024.—El secretario general, Pedro Vizuete Mendoza.

(03/1.424/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20T: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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