Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 36

Fecha del Boletín 
12-02-2024

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240212-58

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ORUSCO DE TAJUÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

58
Orusco de Tajuña. Régimen económico. Presupuesto general

De conformidad con el artículo 112.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, y artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas locales aprobado por RD legislativo 2/2004 de 5 de marzo, y habida cuenta que el Pleno del Ayuntamiento de Orusco de Tajuña, en la sesión celebrada el día 28 de diciembre de 2023 , ha acordado la aprobación inicial del presupuesto general para el ejercicio de 2024, acuerdo que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición pública (realizada mediante anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 8, de 10 de enero de 2024, y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento), se publica el resumen del presupuesto por capítulos:

Plantilla y relación de puestos de trabajo de esta entidad, aprobada junto con el presupuesto general para 2024:

— Plazas de funcionarios:

a) Con habilitación de carácter estatal: Secretario-Interventor: 1.

b) Administrativos: 2.

— Personal laboral:

• Operarios de servicios múltiples: 3.

• Personal de limpieza: 2.

• Educadoras de Casa de Niños: 2.

• Educadora Ludoteca: 1.

Según lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por RD legislativo 2/2004 de 5 de marzo, se podrá interponer directamente contra el referenciado presupuesto general, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Orusco de Tajuña, a 1 de febrero de 2024.—La alcaldesa, Vanesa Gracia Tapia.

(03/1.696/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20O: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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