Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 38

Fecha del Boletín 
14-02-2024

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240214-3

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

3
RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2024, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Intervención, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Visto que el Ayuntamiento de Fuenlabrada, remitió por escrito de fecha de 22 de noviembre de 2023, la documentación relativa a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Intervención General de dicho Ayuntamiento, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Advertido error en las bases, el Ayuntamiento de Fuenlabrada con fecha 5 de enero de 2024, remite nuevamente documentación relativa a la convocatoria por el sistema de Libre Designación del puesto de Intervención General de dicho Ayuntamiento, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Visto que el expediente consta del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 10 de noviembre de 2023, por el que se aprueba la convocatoria y las bases para la provisión de por Libre Designación, del puesto de Intervención General, del Ayuntamiento de Fuenlabrada, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, Subescala Intervención-Tesorería, Categoría Superior; del Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de diciembre de 2023, por el que se aprueba la corrección de errores de las bases han de regir la convocatoria por Libre Designación del puesto de Intervención General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional; y de las de las Bases que han de regir la convocatoria por Libre Designación del puesto de Intervención General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

De conformidad con lo previsto en el artículo 46.2 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

En uso de la competencia conferida a la Dirección General de Reequilibrio Territorial en el artículo 13.4.k) del Decreto 229/2023 de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local,

RESUELVO

Publicar las bases y la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de Libre Designación, del puesto de trabajo de Intervencion, del Ayuntamiento de Fuenlabrada, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 10 de noviembre de 2023, y acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 29 de diciembre de 2023, que se insertan como anexos a continuación.

En Madrid, a 29 de enero de 2024.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Javier Carazo Gil.

ANEXO I

ACUERDO DE FECHA 10 DE NOVIEMBRE DE 2023, DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA, POR EL QUE SE APRUEBAN LAS BASES Y LA CONVOCATORIA PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DEL PUESTO DE INTERVENCIÓN GENERAL, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL

“[…].

Primero

Convocar la provisión de plaza y puesto de Interventor/a General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, reservado a Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, mediante el sistema de Libre Designación, que figura como Anexo I.

Segundo

Aprobar las bases de la convocatoria por la que se ha de regir este proceso de selección de Libre Designación.

Tercero

Ordenar la remisión de esta convocatoria a la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid, para la publicación en el Diario Oficial de la Comunidad de Madrid, y remisión, a su vez, a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Política territorial y Función Pública, para su anotación y publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

ACUERDO DE FECHA 29 DE DICIEMBRE DE 2023, DE LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA, POR EL QUE SE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DE ERRORES DE LAS BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE INTERVENTOR/A GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

“[…].

Primero

Aprobar la corrección de errores y rectificación de las bases en los términos siguientes: […].

Segundo

Ordenar la remisión de esta convocatoria a la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid, para la publicación en el Diario Oficial de la Comunidad de Madrid, y remisión, a su vez, a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación y publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

ANEXO II

BASES PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE EL SISTEMA DE LIBRE DESIGNACIÓN DEL PUESTO DE INTERVENTOR/A GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DE Fuenlabrada, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACIÓN NACIONAL

Primera

Objeto de las bases

Las presentes bases tienen por objeto regir la provisión del puesto de Interventor/a General del Ayuntamiento de Fuenlabrada, mediante el sistema de Libre Designación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y los artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, reservado a funcionarios de Administración Local, Subescala Intervención Tesorería, Categoría Superior.

Segunda

Características del puesto

Código del puesto: HAC-07-A001.

Corporación Local: Ayuntamiento de Fuenlabrada.

Denominación del puesto: Interventor/a General.

Nivel complemento de destino: 30.

Complemento específico anual: 59.436,72 euros.

Forma de provisión: Libre Designación.

Subgrupo: A1.

Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Subescala: Intervención-Tesorería.

Categoría: Superior.

El puesto convocado requiere la correspondiente dedicación exclusiva y plena.

Tercera

Requisitos de los aspirantes

El puesto de trabajo que se convoca únicamente podrá ser solicitado por el personal funcionario de carrera de Administración Local con habilitación de carácter nacional, perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría superior, subgrupo de clasificación A1.

No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos que señala el artículo 36.2.a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Cuarta

Convocatoria

La convocatoria será aprobada por la Junta de Gobierno Local y se remitirá a la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid, para la publicación en el Diario Oficial de la Comunidad de Madrid, y remisión, a su vez, a la Dirección General de Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación y publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

Quinta

Solicitudes

Las solicitudes se dirigirán a la Alcaldía-Presidencia dentro de los quince días naturales siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el “Boletín Oficial del Estado”. Las solicitudes se presentarán en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento de Fuenlabrada, sito en la plaza de la Constitución s/n (Fuenlabrada) o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común.

El escrito de solicitud deberá contener los extremos previstos en el artículo 66 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo común, haciendo indicación expresa del número de registro de personal, la situación administrativa en que se encuentra el solicitante, así como su destino.

A la solicitud se acompañará el currículum de los aspirantes en el que constarán, debidamente documentados, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, los títulos académicos que en cada caso se posean y cuantas otras circunstancias meritorias estimen oportuno poner de manifiesto.

Además, de las referidas especificaciones señaladas con anterioridad, para el desempeño del puesto de trabajo de la convocatoria se valorarán los siguientes aspectos, debidamente documentados:

1. Experiencia acreditada en el desempeño de las funciones reservadas y propias de la Subescala Intervención -Tesorería desarrolladas en municipios a los que resulte de aplicación el Titulo X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

2. Experiencia acreditada en el desempeño de funciones reservadas dentro de ámbito del control interno, en sus modalidades de función de fiscalización previa y control financiero desarrolladas en municipios a los que resulte de aplicación el Titulo X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de Bases de Régimen Local.

3. Formación específica y complementaria en el ámbito de competencia del puesto.

Sexta

Nombramiento

En el plazo de un mes, contado a partir de la fecha de la conclusión del plazo de presentación de solicitudes, el Presidente de la Corporación Local procederá, en su caso, y previa constatación de la concurrencia de los requisitos y otros extremos meritorios exigidos en esta convocatoria, a dictar la Resolución correspondiente.

De la indicada Resolución de la Alcaldía-Presidencia se dará cuenta al Pleno Municipal y traslado de la misma a la Dirección General de Administración Local de la Comunidad de Madrid y al Ministerio de Hacienda y Función Pública para su anotación en el registro correspondiente y su publicación en el “Boletín Oficial del Estado”.

La Resolución será motivada con relación al cumplimiento por parte del candidato elegido, de los requisitos y demás especificaciones meritorias exigidas en la convocatoria, así como de la competencia para proceder al nombramiento. En cualquier caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la indicada Resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Séptima

Forma y toma de posesión

Conforme a lo establecido en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si se trata de puestos de trabajo de la misma localidad, o un mes, si se trata del primer destino o de puestos de trabajo en localidad distinta.

El plazo de toma de posesión empezará a contarse a partir del día siguiente al cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución de la Libre Designación en el “Boletín Oficial del estado”. Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación.

Octava

Normativa supletoria

En lo no previsto por las presentes Bases serán de aplicación el Capítulo V del Título II del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, y las prescripciones correspondientes del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo.

Novena

Recursos

Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Directora General de Costes y Gestión de Personal, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el demandante o se halle la sede del órgano autor del acto impugnado, a elección de aquel, de conformidad con los artículos 8.1 y 14.1.2.a de la Ley 29/1988, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/15, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

(03/1.835/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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