Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 54

Fecha del Boletín 
04-03-2024

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240304-47

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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ACUERDO 6/2024, de 25 de enero, de la Comisión de Urbanismo de Madrid, relativo a la aprobación inicial del Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto del Colector y EDAR de La Acebeda”, en el término municipal de La Acebeda, promovido por Canal de Isabel II, S. A., M. P.

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 25 de enero de 2024, a propuesta de la Dirección General de Urbanismo de 17 de enero de 2024, en virtud de lo establecido en el artículo 59 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, ha adoptado el siguiente,

ACUERDO

Primero

Aprobar inicialmente el Plan Especial de Infraestructuras del “Proyecto del Colector y EDAR de La Acebeda”, en el término municipal de La Acebeda, documento abril de 2023.

Segundo

Someter el expediente al trámite de información pública por plazo de un mes, mediante la inserción del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en uno de los periódicos de mayor circulación de la provincia y por medios telemáticos, para que puedan presentarse en el referido plazo por cuantas personas se consideren interesadas las alegaciones que se estimen oportunas.

Asimismo, en el portal institucional en la ruta:

https://www.comunidad.madrid/transparencia/normativa-planificacion/exped...

Podrá consultarse la documentación del expediente en los términos establecidos en el artículo 16 y concordantes de la 9860/2019, de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.

Tercero

Solicitar informe, que debe ser emitido en el plazo de un mes, a los órganos y entidades administrativas previstos legalmente como preceptivos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.3. en relación con el artículo 59.2.b) de la Ley 9/2001, a los siguientes organismos:

Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico:

— Secretaría de Estado de Medio Ambiente. Dirección General del Agua. Confederación Hidrográfica del Tajo.

Ministerio de Transformación Digital:

— Secretaria de Estado de Telecomunicaciones e Infraestructuras Digitales, Secretaria General de Telecomunicaciones y Ordenación de los Servicios de Comunicación Audiovisual.

Ministerio de Fomento:

— Secretaria General de Infraestructuras, Subdirección General de Planificación Ferroviaria.

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior:

— Dirección General de Biodiversidad y Gestión Forestal: Subdirección General de Gestión Territorial y Subdirección General de Biodiversidad.

Consejería de Cultura, Turismo y Deporte:

— Dirección General de Patrimonio Cultural y Oficina del Español.

Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local:

— Dirección General de Reequilibrio Territorial.

Cuarto

Remitir el Documento Ambiental Estratégico (DAE) y el Plan Especial a la Subdirección General de Estrategia y Calidad del Aire de la Dirección General de Transición Energética y Economía Circular de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior, al objeto de iniciar el procedimiento de Evaluación Ambiental Estratégica Simplificada conforme a lo dispuesto en los artículos 29 y siguientes de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental y en la disposición transitoria primera de la Ley 4/2014, de 22 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

Quinto

Dar traslado del expediente al Ayuntamiento de La Acebeda, al ser el municipio afectado por el presente Plan Especial, para su conocimiento e informe, el cual se emitirá en el plazo máximo de un mes, todo ello de conformidad con el artículo 59.3 de la Ley 9/2001, de 17 de julio.

Sexto

Suspender en el ámbito de actuación del Plan Especial la tramitación de instrumentos de ordenación, así como los procedimientos de ejecución o intervención urbanística que pudieran resultar afectadas por sus determinaciones, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70.4 de Ley 9/2001 y 120 del Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio.

Madrid, a 25 de enero de 2024.—El Secretario General Técnico, Secretario de la Comisión de Urbanismo, José Ignacio Tejerina Alfaro.

(01/2.853/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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