Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 60

Fecha del Boletín 
11-03-2024

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240311-27

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE SANIDAD

27
ADENDA de 27 de febrero de 2024, de prórroga del convenio entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, y la Sociedad Madrileña de Neumología y Cirugía Torácica (Neumomadrid), para el desarrollo de acciones formativas en el ámbito de la Escuela Madrileña de Salud.

REUNIDOS

De una parte, D.a Fátima Matute Teresa, Consejera de Sanidad de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 44/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de sus competencias, en representación de la Consejería de Sanidad, según lo dispuesto en los artículos 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y, de otra parte, D. Francisco Javier García Pérez, en nombre y representación de la Sociedad Madrileña de Neumología y Cirugía Torácica (Neumomadrid), con domicilio social en Madrid (28003), calle Cea Bermúdez, número 46, primero derecha, y NIF G-81133324, en calidad de Presidente de la misma, según acuerdo de la reunión de la Junta Directiva celebrada el 22 de abril de 2021 y en virtud del artículo 27 de sus estatutos.

Las partes se reconocen recíprocamente la representación que ostentan y plena capacidad jurídica para el otorgamiento del presente documento y al efecto,

MANIFIESTAN

Primero

Que la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Sanidad y la Sociedad Madrileña de Neumología y Cirugía Torácica (en adelante Neumomadrid), suscribieron un convenio el 1 de junio de 2020, para el desarrollo de acciones formativas en el ámbito de la Escuela Madrileña de Salud.

Segundo

Que el Decreto 245/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, dispone en los apartados i) y j) del artículo 4 como competencias de la Dirección General de Humanización, Atención y Seguridad del Paciente, la promoción, desarrollo y despliegue de aquellas actuaciones institucionales que garanticen la humanización de la asistencia sanitaria a través de la personalización de la atención en los diferentes niveles y a lo largo de todo el proceso asistencial, así como la promoción, planificación, desarrollo y despliegue de las actuaciones relativas a la Escuela Madrileña de Salud.

De acuerdo con el artículo 2 de la Orden 552/2021, de 30 de abril, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la actividad de la Escuela Madrileña de Salud, dicha escuela es una iniciativa orientada a promover la adopción de hábitos y estilos de vida saludables y fomentar la corresponsabilidad de las personas en el cuidado de su salud y en la autogestión de su enfermedad, dirigida a la ciudadanía como parte de la humanización sanitaria. La actividad de la escuela no tiene carácter terapéutico o de tratamiento sino educativo.

Tercero

Que Neumomadrid es una asociación científica que agrupa a profesionales de la salud dedicados al estudio e investigación de las enfermedades del aparato respiratorio y a su prevención y atención clínica. Sus objetivos, recogidos en sus estatutos fundacionales son los siguientes:

— Fomentar el progreso en el conocimiento científico de las enfermedades torácicas, como medio para conseguir un mejor tratamiento médico y quirúrgico de las mismas, así como su más eficaz prevención.

— Promover contactos e intercambios profesionales entre sus miembros con fines científicos y con otros profesionales relacionados con la neumología y la cirugía torácica.

— Ofrecer asesoramiento a las personas o entidades, tanto públicas como privadas, que lo requieran sobre aspectos sociales, profesionales, científicos y de investigación en neumología y cirugía torácica.

Cuarto

Que es prioridad de la Consejería de Sanidad facilitar un sistema sanitario cercano que sin disminuir su calidad científico-técnica destaque la importancia de la dimensión humana en la atención sanitaria y la personalización de la asistencia. En este marco nació la Escuela Madrileña de Salud.

Quinto

Que se produce una confluencia en sus objetivos, por lo que las partes consideran de interés el mantenimiento de esta colaboración para mantener estas acciones formativas en el ámbito de la Escuela Madrileña de Salud.

Sexto

Que la cláusula novena del convenio prevé una vigencia inicial de cuatro años desde el día de su perfección con el consentimiento de las partes, entendiendo por tal el día en que el convenio fue suscrito por el último de sus firmantes, pudiéndose prorrogar mediante acuerdo unánime y escrito de las partes firmantes del convenio por períodos que en su totalidad no superen el máximo de cuatro años adicionales.

Séptimo

Que la vigencia del convenio finaliza el 31 de mayo de 2024 y no se ha producido denuncia expresa por ninguna de las partes. Por el contrario, estas desean mantener la colaboración para dar continuidad al objeto del convenio.

Con base en las anteriores manifestaciones las partes acuerdan suscribir esta adenda de prórroga con la siguiente:

CLÁUSULA

Única

Prórroga del convenio

Conforme a lo dispuesto en la cláusula novena del convenio y a fin de continuar las actividades reflejadas en el mismo, las partes acuerdan su prórroga para el período comprendido entre el 1 de junio de 2024 y el 31 de mayo de 2028, ambas fechas inclusive.

Con independencia del período de prórroga indicado, se entenderá que el día de perfección de este acuerdo es aquel en el que se encuentre firmado por todas las partes intervinientes.

Y en prueba de conformidad, se firma el presente documento.

Madrid, a 27 de febrero de 2024.—Por la Comunidad de Madrid, la Consejera de Sanidad, Fátima Matute Teresa.—Por la Sociedad Madrileña de Neumología y Cirugía Torácica, el Presidente, Francisco Javier García Pérez.

(03/3.205/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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