Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
21-03-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240321-40

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCOBENDAS

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

40
Alcobendas. Organización y funcionamiento. Ordenanza residuos construcción

El Pleno del Ayuntamiento de Alcobendas, en su sesión ordinaria celebrada el día 29 de febrero de 2024, acordó aprobar inicialmente la ordenanza reguladora de los residuos de construcción y demolición del término municipal de Alcobendas.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49.b) y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en relación con el artículo 56 del Real Decreto 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, se somete el expediente a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de 30 días hábiles, contados a partir del siguiente al de la inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, durante el cual podrá examinarse y presentarse las reclamaciones que se estimen oportunas, estando el expediente a disposición del público en el Ayuntamiento de Alcobendas -Departamento de Secretaria General del Pleno-, sito en la Plaza Mayor, número 1, 3.a planta.

Se entenderá definitivamente aprobada la ordenanza reguladora de los residuos de construcción y demolición del término municipal de Alcobendas, en el caso de que en el plazo señalado no se formulasen reclamaciones y sugerencias.

Alcobendas, a 11 de marzo de 2024.—La secretaria general del Pleno, Gloria Rodríguez Marcos.

(03/3.895/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240321-40