Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 69

Fecha del Boletín 
21-03-2024

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240321-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDARACETE

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Valdaracete. Régimen económico. Padrones fiscales

De conformidad con lo previsto en los artículos 62.3 y 102.3 de la ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, a los efectos de plazo de pago y notificaciones colectivas de los tributos de cobro periódicos por recibo del ejercicio 2024, he resuelto que la recaudación se lleve a cabo en la Oficina Recaudatoria del Ayuntamiento de Valdaracete, situada en plaza de la Constitución, 1, 28594 Valdaracete, Madrid, así como en las entidades bancarias autorizadas (Caixabank), en las fechas siguientes:

— Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica: del 15 de abril al 17 de junio.

— Tasa de recogida de basuras: del 15 de abril al 17 de junio.

— Tasa de entrada vehículos a través de aceras (vados): del 15 de abril al 17 de junio.

— Impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica: del 2 de septiembre al 4 de noviembre.

— Impuestos sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana: del 2 de septiembre al 4 de noviembre.

— Impuesto sobre actividades económicas: de 2 de septiembre al 4 de noviembre.

Los padrones correspondientes estarán en la Secretaría del Ayuntamiento durante los quince días anteriores a la fecha de inicio del período voluntario. Contra las liquidaciones contenidas en los mismos podrá formularse recurso de reposición, previo al Contencioso-Administrativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón (artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales).

Finalizado el período voluntario, las deudas pendientes serán exigidas por el procedimiento de apremio, devengándose los recargos del período ejecutivo, los intereses de demora, y, en su caso, las costas que se produzcan en su tramitación.

En Valdaracete, a 2 de febrero de 2024.—El alcalde-presidente, Armando Expósito Huélves.

(01/3.919/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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