Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 78

Fecha del Boletín 
02-04-2024

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240402-40

Páginas: 9


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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CONVENIO de colaboración de 12 de marzo de 2024, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación, Ciencia y Universidades) y el Consorcio de Universidades de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la cooperación bibliotecaria (Consorcio Madroño), para mejorar la prestación del servicio público bibliotecario a la comunidad científica universitaria y acercar la ciencia a la sociedad mediante la creación y desarrollo de repositorios institucionales y portales de acceso abierto de la producción científica.

De una parte, el Excmo. Sr. D. Emilio Viciana Duro, como Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, nombrado por Decreto 45/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, en ejercicio de la competencia de representación prevista en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y de acuerdo con el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

Y de otra parte, la Sra. Dña. Mercedes del Hoyo Hurtado, Vicerrectora de Comunidad Campus, Cultura y Deporte de la Universidad Rey Juan Carlos, como Presidenta del Consorcio Madroño en el año 2024, en nombre y representación del Consorcio de Universidades de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la cooperación bibliotecaria (en lo sucesivo, Consorcio Madroño), tal y como establece la decisión del Consejo de Gobierno del día 11 diciembre de 2023, en relación con los artículos 8 y 15 de los Estatutos, y en virtud de las atribuciones conferidas al Presidente, según la Resolución de 26 de octubre de 1999 por la que se hace público el Protocolo del convenio de creación del “Consorcio de Universidades de la Comunidad de Madrid y de la Universidad Nacional de Educación a Distancia para la cooperación bibliotecaria”, en el documento de Constitución de dicho Consorcio y los Estatutos aprobados en fecha 14 de diciembre de 2016 que lo regulan.

Ambas partes se reconocen competencia y capacidad legal suficiente para formalizar el presente convenio y de común acuerdo,

EXPONEN

Que el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, establece que “La Comunidad de Madrid, en los términos establecidos en el presente Estatuto, tiene competencia exclusiva en (…) Fomento de la cultura y la investigación científica y técnica”.

Que el artículo 2 de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica, establece entre sus fines promover la cultura científica entre los ciudadanos y ciudadanas de la Comunidad de Madrid, estimulando la difusión de la ciencia y tecnología a través de los instrumentos que se definen en el artículo 17 de esta misma Ley y atribuye, asimismo, a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica, en su artículo 6, entre otras competencias, la puesta en marcha de medidas de estímulo y divulgación científicas.

Que en los diferentes Planes Regionales de Investigación Científica e Innovación Tecnológica (PRICIT) de la Comunidad de Madrid, uno de los objetivos prioritarios ha sido fomentar la mejora de la difusión de la actividad de I + D + i y promover la concienciación social sobre la importancia de la actividad científica para el desarrollo de la región. En concreto, en el VI PRICIT (2022-2025), en su programa 5.5 Difusión y participación activa, entre las actuaciones se encuentra promover la divulgación científica para generar una cultura y sensibilidad social sobre la importancia de la ciencia, la tecnología, la innovación y su contribución a la prosperidad la nueva sociedad en continuo cambio. Entre los instrumentos contemplados para cumplir estos objetivos está el apoyo de la Comunidad de Madrid al Consorcio Madroño para la cooperación bibliotecaria, mediante convenios específicos anuales para acercar la ciencia a los ciudadanos, poniendo en marcha la difusión de la ciencia en abierto y el acceso gratuito y sin restricciones al uso de los resultados de la investigación e innovación de la Comunidad de Madrid.

Que el artículo 19 del Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, atribuye a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica la competencia sobre la coordinación con las Universidades y centros de investigación de la Comunidad de Madrid en el establecimiento de programas y actuaciones de investigación científica, así como el ejercicio de las funciones relativas al fomento y coordinación de las actividades de investigación científica y de innovación tecnológica en el marco de la Ley 5/1998, de 7 de mayo, de Fomento de la Investigación Científica y la Innovación Tecnológica.

Que el Programa Marco de Investigación e Innovación de la Unión Europea (UE) para el período 2021-2027 establece como obligatorio poner en acceso abierto los resultados de la investigación (publicaciones y datos), debiendo ser depositados en repositorios de datos confiables y gestionados siguiendo los Principios FAIR (acrónimo de Findable, Accessible, Interoperable, Reusable). Que la Ley 17/2022, de 5 de septiembre, por la que se modifica la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en su artículo 37, obliga a la difusión de los resultados de la actividad científica, tecnológica y de innovación, exigiendo que estén disponibles en acceso abierto, facilitando el acceso gratuito y libre a los resultados mediante el desarrollo de repositorios institucionales o temáticos de acceso abierto, propios o compartidos. Este objetivo se mantiene en la actualidad en la Estrategia Española de Ciencia Tecnología e Innovación 2021-2027.

Que la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, promueve el fomento de la Ciencia Abierta y Ciencia Ciudadana, en cuyo artículo 12 se indica que “los órganos correspondientes de las Comunidades Autónomas […] promoverán otras iniciativas orientadas a facilitar el libre acceso a los datos generados por la investigación (datos abiertos) y a desarrollar infraestructuras y plataformas abiertas”, y que “las bibliotecas y otras unidades universitarias facilitarán el acceso de la ciudadanía a los recursos informativos, digitales y no digitales, así como la formación necesaria para promover la difusión de la Ciencia Abierta en la comunidad universitaria y en el conjunto de la sociedad”.

Que la Comunidad de Madrid, en consonancia con las disposiciones de carácter nacional e internacional, establece en las bases reguladoras de sus convocatorias de ayudas a la contratación de personal investigador y de programas de actividades de I + D, el requisito de publicar y facilitar acceso abierto a los resultados científicos generados depositando una copia de los resultados de las investigaciones en los repositorios disponibles a tal efecto en su universidad, organismo público de investigación y/o en el repositorio independiente de la Comunidad de Madrid. Este requisito se mantiene desde 2009 en las convocatorias de la Dirección General competente en materia de investigación e innovación.

Que el Consorcio Madroño cuenta, entre sus objetivos fundamentales, con los de incrementar la producción científica de las universidades madrileñas, mejorar la calidad de los servicios bibliotecarios e incrementar la publicación en abierto, creando portales de acceso a repositorios propios o compartidos donde se incorporan los resultados de la investigación e innovación generadas en las diferentes instituciones investigadoras de la Comunidad de Madrid, para favorecer el acercamiento de las bases de datos, revistas científicas y otras fuentes electrónicas de información al conjunto de la sociedad madrileña en general, no solo a la comunidad científica e investigadora perteneciente a las universidades miembros del consorcio. En este sentido, el Consorcio Madroño es el único organismo en la Comunidad de Madrid que presta servicios integrados de desarrollo de herramientas para el acceso abierto, negociación, puesta a disposición y gestión de recursos electrónicos, servicios de préstamo interbibliotecario y formación y difusión de mejores prácticas bibliotecarias.

En consecuencia, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio, de conformidad con las siguientes cláusulas:

Primera

Objeto y fin

El objeto del presente convenio es el de establecer la colaboración entre la Comunidad de Madrid (a través de la consejería competente en materia de Investigación) y el Consorcio Madroño para la cooperación bibliotecaria, como soporte de la actividad de difusión de la producción científica en innovación e investigación generada en la región y del acceso a las colecciones bibliográficas y los recursos electrónicos suscritos.

El fin que se persigue es una difusión y uso eficiente de la producción científica y acercar la ciencia a los ciudadanos interesados e investigadores de la Comunidad de Madrid, mediante la creación y desarrollo de repositorios institucionales y portales de acceso abierto de la producción científica a través del servicio público bibliotecario.

Segunda

Contenido y objetivos

Para el cumplimiento del presente convenio, se especifican los siguientes contenidos:

1. Recursos electrónicos:

Los recursos electrónicos son bases de datos, sumarios electrónicos, libros y revistas electrónicas de carácter multidisciplinar. Dichos recursos electrónicos proporcionan el acceso a la información científica y técnica al colectivo investigador de la Comunidad de Madrid adscrito a las universidades públicas pertenecientes al consorcio y otras instituciones asociadas, complementando la información científica disponible para los profesores, investigadores y estudiantes.

Para ello, entre otras acciones, el consorcio gestiona la adquisición y el mantenimiento de licencias de recursos electrónicos de carácter multidisciplinar, compartidos como base fundamental de la información de carácter documental y bibliográfica disponible para los profesores, investigadores y alumnos de las Universidades que conforman el Consorcio Madroño, asegurando el mantenimiento de una colección pertinente y adecuada y ofrecer una continuidad en la información científica actualizada.

Para rentabilizar las inversiones, las suscripciones de los recursos electrónicos compartidos, tanto nacionales como internacionales, se realiza de manera consorciada. Asimismo, es importante mencionar que, debido a iniciativas de alcance nacional en el sector para reducir costes, se han empezado a contratar varios recursos electrónicos bajo la modalidad de Acuerdos Transformativos. Este tipo de acuerdos incluyen, además de la suscripción a los contenidos científicos, la publicación en abierto de manera centralizada de una serie de artículos sin coste adicional para los equipos de investigación. Esta modalidad de acuerdo conlleva tanto un incremento en los costes de estas licencias como la asunción de nuevas tareas de gestión por parte del equipo el Consorcio Madroño.

2. Repositorios e-ciencia y e-cienciaDatos:

InvestigaM es el portal de ciencia abierta del Consorcio Madroño, que integra e-ciencia, e-cienciaDatos y PaGoDa, y tiene por finalidad la difusión de los resultados de la actividad investigadora que se lleva a cabo en sus instituciones miembro y asociadas. Se inscribe en el compromiso del Consorcio Madroño y las universidades miembros con el Acceso Abierto y la Ciencia Abierta (OpenScience). En él se incluyen:

— e-ciencia, un proyecto para crear una plataforma digital de acceso libre y abierto a la producción científica en la Comunidad de Madrid, donde se han incorporado los repositorios institucionales de cada una de las universidades que integran el Consorcio Madroño así como de cualquier investigador que, procedente de otra universidad, institución u organismo público de investigación, desee participar en la difusión de la ciencia en abierto. En e-ciencia se siguen incorporando documentos digitales que libremente son depositados por los investigadores.

— Como complemento a e-ciencia, en los últimos años se ha desarrollado el buscador de Tesis de las universidades públicas de la Comunidad de Madrid y la UNED, que usa la misma base de datos que el buscador principal, pero ofreciendo características más adecuadas para la búsqueda.

— También se mantiene una participación activa del Consorcio Madroño y sus universidades miembros en el proyecto internacional SCOAP3 (Sponsoring Consortium for Open Access Publishing in Particle Physics), liderado por el CERN (Organización Europea para la Investigación Nuclear) y que contribuye a la difusión internacional del Consorcio en su apoyo al movimiento de la Ciencia Abierta dentro del ámbito de la física de Altas Energías. Ianko López, director técnico del Consorcio Madroño, es el vicepresidente del Consejo de Gobierno de este proyecto que conmemora su décimo aniversario en 2024.

— Para el plan de gestión de los datos de investigación, el consorcio ha incorporado nuevas herramientas online siguiendo las directrices europeas para la Gestión de Datos en el Programa Horizonte Europa.

— Además de los repositorios institucionales se ha creado emi+d, un repositorio no institucional gestionado conjuntamente por la Consejería con competencias en investigación de la Comunidad de Madrid y el Consorcio Madroño, con el fin de ayudar a cumplir con el mandato de la Comunidad de Madrid a aquellas instituciones que no tienen repositorio institucional, para que los investigadores beneficiarios de programas de investigación pública deberán facilitar el acceso abierto a los resultados de su investigación.

— Asimismo, y de manera complementaria, se continua ampliando e-cienciaDatos, un repositorio de datos multidisciplinar que alberga los conjuntos de datos científicos generados por los investigadores de las universidades miembros del Consorcio Madroño, con el fin de dar visibilidad a dichos datos, garantizar su preservación y facilitar su acceso y reutilización así como de cumplir los requerimientos de acceso abierto a los datos de investigación que promueven o exigen los agentes de financiación de la investigación europea (programas Horizonte 2020 y Horizonte Europa 2021-2027). Recientemente se ha conseguido la certificación CoreTrustSeal que confirma que e-cienciaDatos es un repositorio confiable para albergar datos de investigación.

Los objetivos que se persiguen con todo ello son:

— Mejorar los servicios bibliotecarios y el acceso a las colecciones bibliográficas y recursos electrónicos como agente imprescindible en el desarrollo de la investigación dando acceso a la comunidad universitaria e investigadora de la Comunidad de Madrid.

— Dar soporte a las iniciativas de comunicación científica en acceso abierto a los investigadores interesados, a través de una red de archivos digitales, mediante una búsqueda centralizada.

— Ofrecer una plataforma digital de acceso abierto a la producción científica y los datos de investigación de las universidades del Consorcio Madroño y del resto de los organismos de investigación de la Comunidad de Madrid.

— Incrementar la visibilidad, difusión e impacto de la producción científica en la Comunidad de Madrid.

— Crear un espacio de difusión de la actividad científica para acercar la ciencia a los ciudadanos, mediante el acceso libre a la información.

— Ofrecer asesoramiento y guía en las cuestiones relacionadas con la comunicación científica en acceso abierto.

— Investigar, analizar y evaluar el impacto de los cambios en las formas de publicación científica.

Tercera

Actividades a realizar durante el desarrollo del convenio

El Consorcio Madroño, con la colaboración y soporte de la Comunidad de Madrid, realizará las siguientes actividades:

1. Recursos electrónicos.

a) El Consorcio Madroño, en colaboración con sus universidades integrantes, realizará un estudio para definir los recursos electrónicos de investigación necesarios en el ejercicio correspondiente con el fin de optimizar la financiación de licencias para conseguir la cartera de recursos electrónicos óptima y actualizada en base a la financiación esperada.

b) Elaborará un informe ex-post analizando el uso real y coste de la cartera de recursos electrónicos como bases de datos, sumarios electrónicos, libros y revistas electrónicas que ayude a tomar decisiones para poder establecer la cartera óptima en cada período anual.

c) En base a lo anterior, el Consorcio Madroño contratará las licencias correspondientes para poner los recursos electrónicos a disposición del colectivo investigador de la Comunidad de Madrid adscrito a sus universidades públicas e instituciones asociadas que conforman el Consorcio Madroño complementando la información científica disponible para los profesores, investigadores y estudiantes de las Universidades. Asimismo, negociará con los proveedores las mejores condiciones posibles de precio y disponibilidad, a partir de las economías de escala derivadas del presupuesto conjunto de sus miembros, y de la dedicación de una oficina técnica especializada para dicho fin.

d) El Consorcio Madroño realizará las mejoras a nivel informático y el correspondiente mantenimiento operativo de la cartera de recursos electrónicos para asegurar las mejores condiciones de acceso y disponibilidad identificando, resolviendo y documentando las incidencias que surjan a lo largo del período abarcado por las licencias vigentes.

e) El Consorcio Madroño, a través de una oficina técnica especializada, gestionará la formalización y contratación de nuevos acuerdos transformativos con diversos editores para la publicación en abierto con el fin de obtener las mejores condiciones posibles de precio y disponibilidad. También coordinará la aplicación de los términos de los acuerdos transformativos controlando los límites de publicación concedidos a cada universidad miembro y al Consorcio Madroño en conjunto a través de las herramientas (“dashboards”) desarrolladas por cada editor a tal fin.

f) Redefinir los criterios y metodologías de reparto de los costes para publicar en abierto (APC) según los acuerdos transformativos consorciados.

g) Mantenimiento de las nuevas herramientas online para la gestión de datos de investigación, Dataverse y Argos de OpenAIRE, y en su caso la creación y mantenimiento de plantillas para la gestión de los proyectos financiados por el programa Horizonte Europa.

h) Negociar la incorporación de libros científicos adquiridos de manera consorciada o a través de iniciativas de acceso abierto como SCOAP3 con el fin de optimizar el coste y maximizar el volumen de publicación en abierto.

2. Acceso abierto a producción científica.

a) Colaborar con las distintas instituciones para difundir el portal de ciencia abierta InvestigaM y favorecer la ampliación del número de contenidos científicos que se depositan en acceso abierto, además de mejorar la calidad y compatibilidad de los metadatos, desarrollando la compatibilidad con estándares internacionales.

b) Participación del Director Técnico del Consorcio Madroño en el proyecto SCOAP3. Dado que se conmemora en 2024 el 10º aniversario de este proyecto, se espera que Ianko López participe en los eventos y acciones destinados a su difusión, tanto en España como en ámbitos internacionales.

c) La integración y difusión de la información científica del Consorcio Madroño utilizando el software BrújulaPlus de SerDoc para la integración y difusión de la información científica, usando tecnología de web semántica.

d) Incorporación de nuevas herramientas informáticas como Argos, trabajando conjuntamente con RedIris, una red de comunicaciones avanzadas que da servicio a la comunidad científica y académica española, para la correcta implementación de las políticas europeas de acceso abierto a publicaciones científicas y datos de investigación.

e) Colaboración con la Comunidad de Madrid, las universidades públicas de la región de Madrid y organismos públicos de investigación (OPIS) en aquellos aspectos de asesoramiento o difusión relativos al acceso abierto, la difusión de la información científica o el desarrollo de infraestructuras de información acerca de los cuales será específicamente requerido.

f) Trabajar de manera continua en la mejora del diseño y la usabilidad del portal integrado de investigación InvestigaM para facilitar el acceso a la información depositada y como medio prioritario para la correcta implementación de las políticas europeas de acceso abierto a publicaciones científicas y datos de investigación.

g) Realizar una serie de nuevos desarrollos informáticos para la gestión de los repositorios y localización de los documentos depositados mediante:

— La mejora de la interfaz y de las herramientas de búsqueda de documentos y datos de e-cienciaDatos mediante la localización y agregación de referencias bibliográficas a datasets de otros repositorios de datos.

— El avance en el modelo de evaluación FAIR que pueda testar el valor potencial y el impacto de los datos de investigación del repositorio e-cienciadatos.

h) Coordinar en un solo portal de investigación toda la producción científica de las seis universidades miembro de pleno derecho para favorecer la integración del proyecto e-cienciaDatos, actualmente incorporado en las redes europeas de archivos abiertos más destacadas como COAR (Confederation of Open Access Repositories) y OpenAIRE (Open Access Infrastructure for Research in Europe).

i) Seguir mejorando la herramienta para la usabilidad y la calidad FAIR de los repositorios de las universidades, verificando los enlaces a los textos completos y dando más información sobre sus metadatos.

j) Asumir el mantenimiento de los repositorios e-ciencia y emi+d por parte del Consorcio Madroño.

3. Difusión y Formación.

a) Trabajar de manera continua en la mejora y mantenimiento de su página web del Consorcio como medio prioritario para la visibilidad de la actividad científica y apoyar la difusión de su valor social en la Comunidad de Madrid. También se realizan campañas de comunicación, difusión y fomento entre el personal investigador y académico de proyectos específicos como e-ciencia.

b) Planificar una nueva jornada de buenas prácticas sobre la gestión de datos de investigación y la transformación digital y dirigida a personal de investigación, personal de bibliotecas y otros profesionales interesados en este ámbito.

c) Potenciar la formación y capacitación en servicios e infraestructuras de Ciencia Abierta, y en la difusión del proyecto SCOAP3.

Cuarta

Compromisos a realizar durante el desarrollo del convenio

Los compromisos del Consorcio Madroño vinculados con el desarrollo del objeto del convenio quedan determinados a continuación:

a) Facilitar el acceso a la información científica y técnica al colectivo universitario e investigador de la Comunidad de Madrid. Para ello el Consorcio Madroño presta a los interesados servicios de identificación, negociación, mantenimiento, análisis de uso y gestión de bases de datos, revistas electrónicas y otros recursos electrónicos de información científica que constituyen la fuente fundamental para el desarrollo de la actividad de sus investigadores. De este modo, se contribuye a la obtención de una colección eficiente (en coste y amplitud), pertinente y adecuada a sus necesidades.

b) Ofrecer una plataforma digital de acceso, en una concepción de Proyecto “acceso abierto”, a la producción científica de las universidades miembro del Consorcio Madroño, los organismos públicos de investigación y cualquier otra institución interesada.

c) Colaborar con las instituciones que la integran en la organización y difusión de jornadas seminarios, conferencias y otros eventos relacionados con el acceso abierto, las mejores prácticas bibliotecarias, los recursos electrónicos u otros aspectos de interés para los investigadores de la Comunidad de Madrid.

d) Cofinanciar del objeto del convenio y ejecutar del proyecto e-ciencia y e-cienciaDatos.

e) Invitar a la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica a aquellos Consejos de Gobierno y Comisiones Técnicas previstas en sus Estatutos, en las que se trate de forma específica la difusión de los resultados de la actividad investigadora que se lleva a cabo en la región y los recursos electrónicos suscritos de forma consorciada objeto de este convenio, o aquellos proyectos conjuntos que se puedan realizar en un futuro dentro del mismo u otros convenios.

Los compromisos de la Comunidad de Madrid serán:

a) Participar en el desarrollo del convenio mediante el impulso y coordinación del Proyecto “Ciencia Abierta”. Integrar y visibilizar los portales e-ciencia, e-cienciaDatos y emi+d a través de la página web

https://www.comunidad.madrid/servicios/educacion/ciencia-e-investigacion

mediante un enlace que da acceso directo a la información del Consorcio Madroño.

b) Contribuir a la contratación de las licencias correspondientes a los recursos electrónicos por parte del Consorcio, comprometiéndose a aportar las cantidades especificadas en la cláusula quinta y cofinanciar la contratación de personal técnico para las labores de mejora y mantenimiento de los portales de acceso abierto a la producción científica.

c) Reforzar el servicio informático encargado de implementar el uso de nuevas herramientas de búsqueda para mejorar el acceso abierto a publicaciones científicas y datos de investigación depositados en el portal integrado InvestigaM.

Quinta

Financiación

El importe total del convenio asciende a 600.000 euros.

La consejería competente en materia de Investigación de la Comunidad de Madrid aportará a la financiación del convenio la cantidad de 400.000 euros (cuatrocientos mil euros), que será abonada con cargo al subconcepto 22802 del programa 466A del Presupuesto de Gastos de la Comunidad de Madrid del año 2024.

El Consorcio Madroño aportará 200.000 euros para la financiación del convenio.

Las cantidades aportadas por ambas partes responderán a:

— Gastos de personal técnico en tareas de portal de acceso abierto: 30.000 euros.

— Gastos de mantenimiento, difusión, promoción y ejecución del portal de acceso abierto y el portal de producción científica: 20.000 euros.

— Acceso a la cartera de recursos electrónicos: 550.000 euros.

Este desglose económico podrá sufrir modificaciones de las cantidades definidas entre los conceptos de gasto, sin variar el importe total, siempre y cuando no afecte al objeto del convenio y previa autorización del titular de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica.

La Comunidad de Madrid no asumirá ninguna obligación económica adicional a la prevista en este convenio.

En ningún caso la participación de las personas que colaboren en la ejecución y desarrollo de este convenio implicará relación laboral, ni prestación de servicios a la Comunidad de Madrid.

Sexta

Libramiento de los fondos

El libramiento de fondos se realizará en dos plazos (en julio y en diciembre), previa autorización por la Dirección General de Política Financiera y Tesorería, una vez presentadas las justificaciones de los pagos realizados y la memoria de actividades por el Consorcio Madroño.

La justificación final de las actividades realizadas durante la vigencia del convenio, así como el coste económico de las mismas, se realizará mediante presentación, antes del 5 de diciembre de 2024, de una memoria general de las actividades realizadas durante la vigencia del convenio, un certificado de los gastos habidos pendientes de justificar acompañado de las facturas correspondientes, u otra documentación justificativa de dichos gastos y de los pagos correspondientes realizados.

El Consorcio Madroño deberá conservar los originales de los pagos y demás documentos justificativos teniéndolos a disposición de la Intervención General de la Comunidad de Madrid, la Cámara de Cuentas o cualquier otro órgano competente.

Séptima

Seguimiento del convenio

Para el seguimiento del presente convenio se constituye una Comisión que estará compuesta por la persona titular del Área de Cooperación Tecnológica de la Dirección General de Investigación e Innovación Tecnológica y el Director Técnico del Consorcio Madroño, en representación de ambas partes del convenio.

La Comisión estará presidida por la titular del Área de Cooperación Tecnológica, a quien corresponde la convocatoria de las dos reuniones de seguimiento previstas, que se celebrarán en julio y diciembre respectivamente.

Son funciones a desarrollar en la Comisión, entre otras, la comprobación del grado de ejecución de los objetivos establecidos en el presente convenio. Para tal fin, se podrá requerir al Consorcio la documentación precisa.

Además, un representante del Área de Cooperación Tecnológica podrá asistir mensualmente a las reuniones de la Comisión Técnica del Consorcio Madroño formada por los Directores de las Bibliotecas de las Universidades que componen el Consorcio Madroño en las que, paralelamente, se realiza un seguimiento de los objetivos específicos del convenio.

Octava

Vigencia del convenio

El presente convenio de colaboración entrará en vigor en la fecha de firma electrónica del consejero competente en materia de Investigación puesto que representa a la Comunidad de Madrid, que es la parte proponente del convenio que se suscribe, teniendo vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024.

Antes de finalización del plazo de vigencia, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

Novena

Régimen Jurídico y resolución de controversias

Este convenio tiene naturaleza administrativa y le es de aplicación lo establecido en el capítulo VI del Título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin perjuicio del sometimiento a sus principios para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse, así como las normas generales del derecho Administrativo, a los principios de buena administración y al ordenamiento jurídico en general.

Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de la interpretación y ejecución del convenio deberán solventarse por mutuo acuerdo. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, las posibles cuestiones litigiosas serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

Décima

Protección de datos

Las partes se comprometen a cumplir con la legislación vigente en materia de protección de datos y cada una de las partes asumirá la responsabilidad en que, por este concepto, pueda incurrir.

En particular, si la colaboración objeto del presente convenio implicase el tratamiento de datos personales, las partes declaran expresamente que conocen y quedan obligadas a cumplir en su integridad el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.

Especialmente, las partes se comprometen al cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el deber de información a los titulares de los datos personales, con el deber de confidencialidad, con las medidas de seguridad, y con la notificación de brechas de seguridad que pudieran producirse, así como al cumplimiento de las que se contengan en el correspondiente acuerdo de encargo de tratamiento a firmar entre el responsable del tratamiento y el encargado del mismo, si lo hubiera.

Estas obligaciones deberán ser conocidas por todos aquellos que pudieran participar en las actuaciones derivadas del presente convenio, comprometiéndose las partes a informar a los mismos.

Undécima

Modificación y resolución del convenio

De acuerdo con el artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, el convenio se modificará por acuerdo unánime de los firmantes, cuando resulte necesario para la mejor realización de su objeto. Dicho acuerdo de modificación deberá ser firmado por los firmantes del convenio o por los representantes legales de cada una de las partes.

El presente convenio se extinguirá, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, por el cumplimiento de su período de vigencia o por incurrir en alguna de las siguientes causas:

1. Por acuerdo mutuo de los firmantes del convenio.

2. Si se produjesen circunstancias que hicieran imposible o innecesaria la realización o continuación de las actuaciones.

3. Por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de quince días naturales con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos.

Este requerimiento será comunicado a todos los miembros de las comisiones previstas en la cláusula séptima.

4. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

En caso de resolución del convenio, se estará a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Y para que así conste, las partes firman el presente acuerdo.

Madrid, a 12 de marzo de 2024.—La Presidenta del Consorcio Madroño, Mercedes del Hoyo Hurtado.—El Consejero de Educación, Ciencia y Universidades, Emilio Viciana Duro.

(03/4.184/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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