Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 80

Fecha del Boletín 
04-04-2024

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240404-78

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada

78
Fuenlabrada. Régimen económico. Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada. Matrícula impuesto

Exposición al público de la matrícula del impuesto sobre actividades económicas del ejercicio 2024.

En cumplimiento de lo señalado en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y 3 del Real Decreto 243/1995, de 17 de febrero, por el que se dictan normas para la gestión del impuesto sobre actividades económicas.

Se pone en conocimiento de los contribuyentes y demás interesados que la matrícula correspondiente al ejercicio 2024 del impuesto sobre actividades económicas, queda expuesta al público en las dependencias municipales durante el período de quince días, contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la misma, se podrá interponer recurso de reposición ante la directora-gerente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, en el plazo de un mes, a contar desde el día inmediato siguiente al del término del período de exposición pública de la matrícula, previo a la reclamación económico administrativa, que se podrá interponer ante el Tribunal Económico Administrativo Regional, en el mismo plazo, sin que la interposición del recurso de reposición o reclamación económico administrativa, origine la suspensión de los actos liquidatorios subsiguientes. Asimismo, se podrá interponer cualquier otro recurso que estime conveniente.

Fuenlabrada, a 2 de abril de 2024.—La directora-gerente de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, Alicia García Núñez.

(01/4.967/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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