Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 84

Fecha del Boletín 
09-04-2024

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240409-62

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

62
Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid. Régimen económico. Ordenanza concesión ayudas

Acuerdo de la Junta Plenaria de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid por el que se aprueba inicialmente el expediente de modificación y actualización, de la ordenanza reguladora para la concesión de ayudas económicas por emergencia social y otros, en la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid.

Aprobado inicialmente el expediente de modificación y actualización de la ordenanza reguladora para la concesión de ayudas económicas por emergencia social y otros en la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid, por acuerdo de la Junta Plenaria de esta Mancomunidad, en sesión ordinaria celebrada en fecha 26 de marzo de 2024, de conformidad con los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; y 56 del texto refundido de Régimen Local, se somete a información pública por el plazo de treinta días hábiles, a contar desde día siguiente a la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que pueda ser examinada y presentar las reclamaciones que se estimen oportunas.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias de esta entidad para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, el texto de la ordenanza reguladora estará a disposición de los interesados en la Sede Electrónica de esta entidad, a través del enlace: http://mancomunidadsuroeste.sedelectronica.es .

En el caso de no presentarse reclamaciones en el citado plazo, se entenderá definitivamente aprobado el acuerdo de aprobación de la mencionada ordenanza.

En Griñón, a 27 de marzo de2024.—El presidente, José María Porras Agenjo.

(03/4.792/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.30: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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