Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 97

Fecha del Boletín 
24-04-2024

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240424-73

Páginas: 43


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN

URBANISMO

73
Pozuelo de Alarcón. Urbanismo. Plan general

En cumplimiento de lo dispuesto en los siguientes acuerdos:

— Acuerdo de 24 de noviembre de 2011, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 1 del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, para la delimitación de los ámbitos APR 4.3-13, “Zona al Norte del Campus de Somosaguas”, y APR 4.4-01, “Campus de Somosaguas”.

— Acuerdo de 8 de marzo de 2016, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 2 del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, para la delimitación de una nueva Área de Planeamiento Específico, APE 4.2-08, “Antiguo Matadero”, con ordenación pormenorizada.

— Acuerdo de 7 de mayo de 2019, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual número 3 del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón, para dotar a determinadas parcelas de una calificación urbanística acorde a su uso efectivo.

— Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, de 29 de noviembre de 2012, en relación a la ejecución de la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 8 de noviembre de 2006 N.o, 1470 anulando las determinaciones sobre “usos compatibles” de la Revisión del Plan General de Ordenación Urbana de Pozuelo de Alarcón que figuran en la ficha del área de planeamiento específico APE 2.6-02 “Urbanización Villasierra”.

— Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 13 de abril de 2016, por el que se aprueba definitivamente la Propuesta de Modificación y División en Dos Unidades de Ejecución del APE 3.4-04 “Avda. de Majadahonda I”, promovido por Promotorados, S. A.

— Acuerdo del Pleno, de 24 de abril de 2014, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de Protección de Reordenación de Equipamientos de Parcelas del “Antiguo Polígono 7”, a iniciativa de la Junta de Gobierno Local de 26 de febrero de 2014.

— Acuerdo del Pleno, de 15 de julio de 2021, por el que se aprueba definitivamente el Plan Especial de reordenación de accesos rodados del API 3.5-02 “Somosaguas Sur” del PGOU.

— Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 4 de junio de 2008, por el que se aprueba definitivamente la modificación de la delimitación de la Unidad de Ejecución APR 3.2-03 “Conexión salida Norte Pozuelo M-40 con avenida Juan XXIII” y su división en dos del Plan General de Ordenación Urbana, promovido de oficio por el Ayuntamiento.

— Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 15 de septiembre de 2010, por el que se aprueba definitivamente la “Modificación y División en Dos Unidades de Ejecución del Área de Planeamiento Remitido APR 4.2-01 “Conexión Antonio López-C/ Juana Martín-C/ Antonio Calvo Santos” del Plan General de Ordenación Urbana, tramitado de oficio por el Ayuntamiento.

Enlace para consulta de fichas:

https://www.pozuelodealarcon.org/urbanismo-y-vivienda/plan-general-de-or...

Planos:

















































































De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67.3 y 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, por medio de la presente se procede a publicar la refundición de los planos y las fichas del Plan General de Pozuelo de Alarcón, que incluyen las modificaciones introducidas por los acuerdos precitados.

En Pozuelo de Alarcón, a 18 de abril de 2024.—El director general de Medioambiente, Vivienda y Desarrollo de la Ciudad, Juan José de Gracia Gonzalo.

(03/6.049/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20P: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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