Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 99

Fecha del Boletín 
26-04-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240426-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

51
Arganda del Rey. Organización y funcionamiento. Ordenanza absentismo escolar

En cumplimiento del artículo 49 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se hace público que el Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el 10 de abril de 2024, acordó con las mayorías exigidas por la Ley, aprobar inicialmente la modificación de la ordenanza municipal en materia de absentismo escolar del Ayuntamiento de Arganda del Rey.

El expediente se encuentra expuesto al público en la dependencia de la Secretaría municipal de este Ayuntamiento, a fin de que las personas interesadas legítimas a que hace referencia los artículos 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de PACAP y 49 de la Ley 7/1985, puedan examinarlo durante un plazo de treinta días hábiles a partir de la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y presentar ante el Pleno las reclamaciones que estimen oportunas.

En el caso de no presentarse reclamación o alegación alguna, la citada modificación de la ordenanza se entenderá aprobada definitivamente entrando en vigor a los quince días a contar desde el siguiente al de su publicación completa de la modificación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y su notificación a la Administración de la Comunidad de Madrid y del Estado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 70.2 y 65.2 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

Arganda del Rey, a 15 de abril de 2024.—El concejal-delegado de Educación, Cultura y Patrimonio Cultural, Alejandro Machado Ruiz.

(03/5.836/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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