Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 114

Fecha del Boletín 
14-05-2024

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240514-87

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE HUMANES DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Humanes de Madrid. Régimen económico. Padrones fiscales

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, y el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Recaudación, habiéndose aprobado por decretos de la concejala-delegada de Hacienda de fecha 30 de abril de 2024 los padrones fiscales del impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza urbana y rústica y de la tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, correspondientes al ejercicio 2024, se pone en conocimiento que los padrones estarán a disposición del público en el Departamento de Gestión Tributaria por plazo de un mes, a contar desde la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Los obligados al pago del citado impuesto podrán formular ante el alcalde recurso de reposición, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes a contar desde la exposición pública del padrón. Dicha exposición tiene el carácter de notificación colectiva, de acuerdo con el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria.

Asimismo, y por los mismos decretos, se fija el plazo de ingreso en vía voluntaria:

— Tasa por entrada de vehículos a través de las aceras, desde el 15 de mayo al 15 de julio de 2024.

— Impuesto sobre bienes inmuebles, desde el 1 de octubre al 30 de noviembre de 2024.

Para aquellos sujetos pasivos del impuesto sobre bienes inmuebles, que se hayan acogido al Sistema Especial de pago regulado en el artículo 9 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales (bonificación y fraccionamiento por pago domiciliado), se procede a fraccionar el ingreso del impuesto en dos plazos.

— El primero será el 60 % de la cuota de este impuesto devengada el 1 de enero de ese año, realizando el cargo en cuenta el 5 de junio de 2024.

— El segundo plazo estará constituido por el importe del recibo correspondiente al ejercicio en curso, bonificado en el 5 % sobre la cuota anual y deducida la cantidad ya abonada en el primer plazo, realizando el cargo en la cuenta bancaria el 9 de octubre de 2024.

Humanes de Madrid, a 30 de abril de 2024.—La concejala de Hacienda, Rosario Pérez García.

(01/6.807/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20H: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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