Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
30-05-2024

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240530-50

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BOADILLA DEL MONTE

OFERTAS DE EMPLEO

50
Boadilla del Monte. Ofertas de empleo. Proceso selectivo

Se hace público, mediante su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, decreto del primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio número 1893/2024, de fecha 15 de mayo, cuya parte dispositiva resulta del siguiente tenor:

“1.o Aprobar la relación definitiva de personas aspirantes admitidas y excluidas en el proceso selectivo convocado para la cobertura, en régimen de personal funcionario de carrera, por el turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición y Curso Selectivo de Formación, de doce plazas de policía, del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, grupo C, subgrupo C1, todo ello en base a lo dispuesto en la base 5.3.a de las específicas que rigen la convocatoria y que se adjunta como anexo I a la presente resolución.

2.o Aplicar, al proceso selectivo convocado para la cobertura, en régimen de personal funcionario de carrera, por el turno libre, mediante el sistema de concurso-oposición y Curso Selectivo de Formación, de doce plazas de policía, del Cuerpo de Policía Local de Boadilla del Monte, encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Especiales, clase Policía Local, escala Básica, grupo C, subgrupo C1, el procedimiento de urgencia, reduciendo a la mitad los plazos establecidos, salvo los relativos a la presentación de solicitudes y recursos, todo ello en virtud de lo previsto en el artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3.o De conformidad con el acuerdo adoptado por el tribunal calificador, en su sesión de fecha 14 de mayo de 2024, el primer ejercicio de la fase de oposición (prueba cultural) tendrá lugar el día 15 de junio de 2024, a las 09:30 horas, en el Universidad CEU San Pablo-Edificio Escuela Politécnica Superior, sita en la avenida Montepríncipe sin número (urbanización Montepríncipe), de Boadilla del Monte.

4.o Disponer la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en el tablón de edictos y anuncios digital del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

5.o La presente resolución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, pone fin a la vía administrativa y que, conforme a lo dispuesto en el artículo 123.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, puede ser recurrido potestativamente en reposición o directamente ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo.

El recurso de reposición, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, se interpondrá ante el órgano que ha dictado el acto impugnado, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de la publicación, y se entenderá desestimado si transcurrido otro mes desde su interposición no hubiera recibido la notificación de la resolución del mismo.

La interposición del recurso, excepto en los casos en que una disposición establezca lo contrario, no suspenderá la ejecución del acto impugnado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 117 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

El recurso contencioso-administrativo se interpondrá, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 25, 8.1, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses desde el día siguiente al del recibo de la presente.

No obstante, tal como señala el artículo 123.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas, si se hubiera interpuesto recurso potestativo de reposición, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta por no haberse resuelto en el plazo establecido para ello (un mes desde su interposición).

Todo ello, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otra vía de recurso que estime procedente”.



En Boadilla del Monte, a 20 de mayo de 2024.—El primer teniente de alcalde-delegado de Coordinación, Personal y Patrimonio, Jesús Egea Pascual.

(01/7.826/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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