Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2024

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240606-16

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y ASUNTOS SOCIALES

16
ORDEN 1598/2024, de 17 de mayo, de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se resuelve la convocatoria de los Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid, de acuerdo con la Orden 3080/2023 de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, por la que se convocan estos premios correspondientes al año 2023.

Mediante la Orden 3160/2014, de 10 de octubre, de la Consejera de Educación, Juventud y Deporte, se crearon los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid.

A través de la Orden 3080/2023 de la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, se convocaron los premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid correspondientes al año 2023, cuyo extracto se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 30 de octubre de 2023.

Según la disposición novena de la citada Orden 3080/2023, el jurado, una vez estudiados los expedientes, elevará propuesta de premiados a la Consejería competente, que resolverá por Orden que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. En esta misma Orden se establece que el fallo del Jurado será inapelable.

En su virtud, vista la propuesta de premiados del Jurado de los Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid.

ORDENO

Primero

Ayudas concedidas

Conceder los Premios Talento Joven-Carné Joven Comunidad de Madrid a las siguientes candidaturas:

En la modalidad de Superación:

— Primer premio: Xoana Barcala Gosende.

— Segundo premio: Julio Pérez Hernánz.

— Tercer premio: Nerea Quirós García.

— Cuarto premio: Alma Laut Martínez.

— Quinto premio: Mika Cilindro.

En la modalidad de Tolerancia:

— Primer premio: Zoila Martínez Beltrán.

— Segundo premio: William Alexander González Guevara.

— Tercer premio: Juan José Vélez Osorio.

— Cuarto premio: Celia Moreno.

— Quinto premio: Paloma Núñez Reyes.

En la modalidad de Solidaridad:

— Primer premio: Carlo Stella Serrano.

— Segundo premio: Julia Benito Blanco.

— Tercer premio: Adriana Romo Somolinos.

— Cuarto premio: Nerea Arias Granelli.

— Quinto premio: Patricia Sáez Martín.

Los premios se reparten del siguiente modo en cada una de las categorías:

— Primer premio: 7.000 euros.

— Segundo premio: 5.000 euros.

— Tercer premio: 4.000 euros.

— Cuarto premio: 2.500 euros.

— Quinto premio: 1.500 euros.

Esta dotación económica, con los importes indicados, se realiza con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, Programa 232 A, Subconcepto 48399.

Segundo

Renuncia

La renuncia al premio deberá hacerse por escrito y personalmente por el interesado. En caso de menores de edad, la renuncia deberá realizarse por su representante legal.

Tercero

Publicación de la Orden

La presente Orden, que resuelve la convocatoria de estos premios, será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto

Recursos

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes, ante la Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala competente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid; ambos plazos contados desde el día siguiente al de la publicación de esta Orden, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno interponer.

Madrid, a 17 de mayo de 2024.—La Consejera de Familia, Juventud y Asuntos Sociales, P. D. (Orden 3147/2023, de 5 de diciembre), la Directora General de Juventud, Laura Castilla Rodríguez.

(03/8.250/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.110.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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