Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 134

Fecha del Boletín 
06-06-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240606-42

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcorcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo 11/244, de 28 de mayo de 2024, de la Junta de Gobierno Local, por la que se aprueba la “Convocatoria de prestaciones de apoyo a menores para situaciones de especial necesidad y/o emergencia social del Ayuntamiento de Alcorcón, curso 2024-2025”.

BDNS (Identif.): 764164

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/764164 ).

Primero. Beneficiarios.—Requisitos de carácter general:

— Ser mayor de dieciocho años o menor emancipado, progenitor o tutor/a del menor para el que se solicita la ayuda.

— Residir y estar empadronado a la fecha de la solicitud en el municipio de Alcorcón, salvo en aquellos casos excepcionales en los que por necesidad sobrevenida requieran atención urgente e inmediata en Alcorcón, debidamente justificada mediante informe técnico. Esta situación será valorada por el trabajador/a social junto con el equipo de coordinación.

— Aportar la documentación exigida en la ordenanza reguladora, o autorizar la consulta de aquellos datos a los que pueda tener acceso el técnico municipal, por medios electrónicos en la Plataforma de Intermediación del Ministerio de Hacienda.

— Carecer de ingresos o rentas suficientes y, encontrarse en situación de necesidad: se considera que se carece de ingresos o rentas suficientes cuando la unidad familiar, no obtenga unos ingresos netos mensuales superiores a los establecidos en el baremo económico determinado en la ordenanza.

— No tener acceso a otras ayudas de otras Administraciones Públicas o recursos propios que cubran la totalidad de la necesidad para la que se solicita la prestación.

— Constituir la ayuda un recurso técnicamente indicado, de acuerdo con la valoración técnica del/de la trabajador/a social municipal.

— Aceptar, por parte del solicitante, el compromiso de intervención social, de acuerdo a su proyecto de intervención, que establece la Ley 12/2022, de 21 de diciembre, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, que a su vez exige una respuesta positiva por parte de la persona solicitante encaminada a la superación de su situación de desventaja.

— Haber justificado debidamente, en tiempo y forma, las ayudas recibidas con anterioridad por parte de servicios sociales del Ayuntamiento de Alcorcón.

— Las personas beneficiarias, de acuerdo al artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones, dada la naturaleza de la subvención, quedarán exonerados del requisito de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, Seguridad Social y Hacienda Municipal, además no han de aportar garantías, según el artículo 34.4 de la Ley General de Subvenciones.

Requisitos específicos:

— Tener concedida plaza en el centro educativo.

— Las familias que puedan tener derecho a un precio reducido según la convocatoria de Comunidad de Madrid (RMI, víctimas de terrorismo, acogimiento familiar y rentas per cápita familiar inferior a la cantidad fijada en la convocatoria anual), tienen la obligación de presentar la documentación en el centro educativo que le otorgue tal derecho, debiendo acreditar dicha circunstancia.

— Las familias que puedan tener derecho a otro tipo de becas o ayudas públicas con la misma finalidad, tienen la obligación de solicitarla y deberán acreditar dicha solicitud, y en caso de ser beneficiarios/as de las mismas, deberá comunicarlo para gestionar la baja de la ayuda municipal, siendo incompatibles con cualquier otra ayuda que se conceda para la misma finalidad, cuando supera el importe total del gasto.

— Las familias contribuirán a sufragar el coste del comedor escolar o escolarización infantil conforme a su capacidad económica, siendo un elemento imprescindible el establecimiento de este régimen de participación económica por parte de las familias, excepto en los casos de menores en situación de riesgo o que por sus circunstancias familiares se consideren excepcionales. El menor deberá acudir a centro educativo del municipio de Alcorcón.

Segundo. Objeto y características generales.—El objeto de la presente convocatoria es la regulación para el curso 2024-2025, de las prestaciones económicas de emergencia social destinadas al apoyo a menores para el pago de los servicios de comedor escolar y escolarización infantil, estableciéndose como recurso complementario para favorecer la normalización de los menores y sus familias.

Estas prestaciones tendrán por finalidad favorecer la integración de los menores y sus familias, así como restablecer o mejorar su bienestar.

La valoración y gestión de estas ayudas será realizada por los/as técnicos/as municipales, titulado en Trabajo Social, desde el Ayuntamiento de Alcorcón, a través de sus centros de servicios sociales de Atención Social Primaria.

Señalar que estas ayudas de comedor y escuela infantil se consolidan como un instrumento de la intervención social dentro de un plan de intervención consensuado con las familias, requiriendo el compromiso y aceptación del mismo.

Tercero. Convocatoria.—La presente convocatoria se ha aprobado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón, en sesión celebrada el 28 de mayo de 2024. El texto completo de la convocatoria puede consultarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, ubicado en el edificio municipal sito en la plaza Reyes de España, sin número y en la página web municipal ( www.ayto-alcorcon.es ).

Cuarto. Cuantía.—El crédito total destinado para el curso 2024-2025 (septiembre de 2024 a agosto del 2025, ambos meses incluidos), asciende a 506.000 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—Al tratarse una convocatoria abierta, el plazo de presentación de las solicitudes estará abierto durante todo el curso escolar 2024-2025 y a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. La solicitud se deberá realizar en entrevista personal con el/la trabajador/a social en el centro de servicios sociales que corresponda a su domicilio.

Alcorcón, a 28 de mayo de 2024.—La concejala de Servicios Sociales y Discapacidad, Pilar Jiménez Flores.

(03/8.467/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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