Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
07-06-2024

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240607-51

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Distrito de Moncloa-Aravaca

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Madrid. Urbanismo. Distrito de Moncloa-Aravaca. Plan especial

El Pleno del Ayuntamiento de Madrid, en su sesión de 30 de abril de 2024, ha acordado:

Primero.—Aprobar definitivamente el Plan Especial de Control Urbanístico-Ambiental de Usos para la implantación de uso de servicios terciarios en su clase hospedaje, en la totalidad de una edificación principal en el inmueble sito en la calle Bermeo, número 15, con vuelta a la calle de La Salle, número 2, promovido por Nepomuk, S. L., una vez evacuados los trámites exigidos en el acuerdo de aprobación inicial adoptado por la Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, de 18 de noviembre de 2021

Segundo.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Dar traslado a los interesados del presente acuerdo, en virtud de lo establecido en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Cuarto.—El presente Plan Especial de Control Urbanístico Ambiental de Usos tendrá una vigencia indefinida, a contar desde el día siguiente a la publicación del acuerdo de aprobación definitiva en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Madrid, a 23 de mayo de 2024.—El secretario del Distrito de Moncloa-Aravaca, José Vicente Fernández Calvillo Torres.

(02/8.086/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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