Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
07-06-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240607-55

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCORCÓN

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Alcorcón. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo número 10/243, de 28 de mayo de 2024, de la Junta de Gobierno Local, por la que se aprueba la convocatoria de ayudas públicas municipales “Cheque Hogar” para colaborar con los gastos relativos a la vivienda habitual para residentes del municipio de Alcorcón 2024.

BDNS: 764302

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/764302 ).

Primero. Beneficiarios.—1. Personas empadronadas en el municipio de Alcorcón con anterioridad al 1 de enero de 2024.

2. Que no sean titulares catastrales en el momento de la convocatoria de derechos de propiedad, usufructo, superficie o concesión administrativa sobre cualquier tipo inmueble de uso residencial (vivienda) o fincas dentro o fuera territorio español, por valor catastral superior a 166.056,02 euros.

3. Que la renta per cápita de la familia no sea superior a 21.000 euros (equivalente a 2,5 veces el IPREM anual de 14 pagas del 2024).

4. Que la persona solicitante se halle al corriente de sus obligaciones con la agencia tributaria, con la Seguridad Social, y con el Ayuntamiento de Alcorcón antes de que finalice el período de subsanaciones.

5. Que la persona solicitante no esté incursa en alguna de las causas de prohibición para acceder a la condición de beneficiario establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la LGS y la Ordenanza General de las Bases Reguladoras de Subvenciones del Ayuntamiento de Alcorcón.

Segundo. Objeto.—La presente Convocatoria tienen por objeto regir la concesión, para el año 2024, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas de carácter social, dirigidas a apoyar a los vecinos del municipio de Alcorcón con escaso nivel de renta, en orden a colaborar en los gastos por vivienda habitual, en los supuestos que concurran los requisitos establecidos en las Clausula Tercera de la presente convocatoria.

Tercero. Convocatoria.—La presente Convocatoria, se ha aprobado por la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Alcorcón en sesión celebrada el día 28 de mayo de 2024. El texto completo de la Convocatoria puede consultarse en el tablón de anuncios del Ayuntamiento ubicado en el edificio municipal sito en la Plaza Reyes de España, s/n y en la Página Web Municipal ( https://www.ayto-alcorcon.es/es ).

Cuarto. Cuantía.—1. El importe de la ayuda corresponderá a la cantidad justificada mediante facturas de suministros de agua, gas o luz (del período comprendido entre el 1 mayo de 2023 y el 30 de abril de 2024), o IBI (año 2023) con un límite máximo de 600 euros por vivienda. Si hubiese dos solicitantes que residan en la misma vivienda, y ambas reuniesen los requisitos para ser concedidas, sólo se atenderá a la solicitud presentada en primer lugar.

2. El presupuesto destinado a financiar la presente convocatoria ascenderá a 700.000 euros (setecientos mil euros), con cargo al Presupuesto del Ayuntamiento de Alcorcón del 2024, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 33 23100 48004.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes será durante los 20 días hábiles siguientes al de la publicación de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Alcorcón, a 29 de mayo de 2024.—La concejal-delegada de Servicios Sociales y Discapacidad, Pilar Jiménez Flores.

(03/8.539/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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