Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 135

Fecha del Boletín 
07-06-2024

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240607-77

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

77
Velilla de San Antonio. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria subvención participación ciudadana 2024.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en:

https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio (Base de Datos Nacional de Subvenciones).

https://velilladesanantonio.sedelectronica.es/transparency/b6068006-6a7b... (Transparencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio).

BDNS: 764464

Primero. Objeto y beneficiarios.—El objeto de esta convocatoria es la regulación de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades, asociaciones y fundaciones, sin ánimo de lucro, que tengan como finalidad la ejecución de proyectos y actividades relacionados con ámbitos de Igualdad, Mayores, Educación y Cultura, Juventud e Infancia, Deportes, Medio Ambiente, Participación Ciudadana, Salud y Consumo, que se realicen en el municipio de Velilla de San Antonio.

La finalidad de estas subvenciones es el apoyo a las Entidades, Asociaciones y Fundaciones, sin ánimo de lucro, con el ánimo de fomentar, promover y potenciar el desarrollo de proyectos que coadyuven, o complementen las competencias y actividades municipales.

Actividades que propicien la participación, que fomenten el asociacionismo, que estén destinadas a colectivos desfavorecidos, a difundir derechos, a la promoción de la cultura. la educación y el deporte, a desarrollar proyectos innovadores o de medio ambiente, a fomentar el uso creativo del tiempo libre, a difundir aspectos preventivos de la salud y cualquier otro que repercuta positivamente en el fomento de la participación y el voluntariado de los vecinos/as del municipio de Velilla de San Antonio.

Incentivar el estímulo empresarial en el término municipal, favoreciendo el desarrollo sostenible, el crecimiento económico y la promoción de la ciudad con el fin de aumentar el bienestar social y la calidad de vida de la ciudad.

Potenciar las actividades promovidas por las asociaciones locales, con el fin último que los ciudadanos puedan disponer de una oferta diversificada y de calidad.

Segundo. Bases reguladoras.—Las bases y solicitudes para esta convocatoria pueden ser consultadas en la página web del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio.

Tercero. Lugar, plazos y documentación requerida para la presentación de las solicitudes.—El plazo de presentaciones será 15 días hábiles a contar desde la publicación de este extracto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La presente convocatoria será objeto de publicidad en la Base de Datos Nacional de Subvenciones tal y como determina el artículo 18 de la LGS.

La presentación de la documentación se realizará a través de:

— Registro Electrónico del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio:

https://velilladesanantonio.sedelectronica.es/

— Por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Respecto a la documentación requerida, las Entidades, Asociaciones o Fundaciones, que en anteriores convocatorias solicitaron subvenciones, no tendrán que presentar aquella documentación que no haya variado en el presente año. Aquellas Entidades, Asociaciones o Fundaciones que no hayan concurrido a anteriores convocatorias o cuya cuenta corriente haya variado con respecto a la última convocatoria, deberán presentar impreso de alta a terceros para pago de Tesorería, según modelo oficial del Ayuntamiento, sellada y firmada por la entidad bancaria del solicitante.

Relación de documentos:

A) Impreso de solicitud debidamente cumplimentado en su totalidad, firmado por el Presidente/a de la entidad solicitante. Se requiere reflejar un correo electrónico exigible a efectos de notificaciones (anexo I).

B) Certificado de actualización debidamente cumplimentado en su totalidad (anexo II).

C) Fotocopia del DNI y certificación del secretario de la Entidad que acredite la representación de la persona en cuyo nombre se presenta la Solicitud.

D) Declaración Jurada del presidente de la entidad de no estar incurso en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

E) Proyecto para el que se solicita la subvención según (anexo III), debidamente cumplimentado en su totalidad.

F) Certificado oficial de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias con Hacienda y con la Tesorería General de la Seguridad Social (en caso de no autorizar al Ayuntamiento de Velilla de San Antonio para su consulta). La acreditación de obligaciones tributarias de carácter local se recabará de oficio por la propia administración municipal.

G) Fotocopia del CIF de la entidad.

H) Certificado expedido por el Secretario/a de la Asociación, acreditativo del acuerdo adoptado por el órgano de gobierno de la entidad, aprobando la solicitud de subvención.

I) Datos bancarios, sellado por la entidad bancaria correspondiente (anexo IV). Las entidades que hubiesen participado en anteriores convocatorias quedarán exentas de su presentación, salvo que cambiaran de número de cuenta.

Cuarto. Cuantía.—Se destina un máximo de 24.000,00 euros (veinticuatro mil euros) para estas subvenciones con cargo a las siguientes Aplicaciones del Presupuesto Económico de 2024.

En caso de no resultar suficiente el crédito disponible para aplicar el valor máximo de cada una de las subvenciones solicitadas, se realizará una reducción proporcional que determinarán la cantidad final a percibir por cada entidad, asociación o fundación.

Quinto. Procedimiento de pago de las ayudas.—El importe subvencionado será satisfecho por el Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, mediante transferencia bancaria, previa justificación de las mismas.

Velilla de San Antonio, a 29 de mayo de 2024.—La concejala de Participación Ciudadana, Elena Isabel Abraham Suárez.

(03/8.599/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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