Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 139

Fecha del Boletín 
12-06-2024

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240612-26

Páginas: 4


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y UNIVERSIDADES

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RESOLUCIÓN conjunta de 4 de junio de 2024, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, por la que se aprueba la lista definitiva de los candidatos que han superado la prueba de aptitud para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado, en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, convocado por Resolución conjunta de 21 de febrero de 2024.

De conformidad con la Orden 1317/2015, de 7 de mayo, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se regula el procedimiento de acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado en los institutos bilingües y en los centros privados concertados autorizados para impartir el programa bilingüe en Educación Secundaria de la Comunidad de Madrid, se publicó, mediante Resolución conjunta de 21 de febrero de 2024, de las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, la convocatoria de los procedimientos para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado. En dicha convocatoria se regulan dos procedimientos de acreditación: por estar en posesión de titulaciones específicas o mediante la superación de una prueba de aptitud.

Finalizado el desarrollo de la prueba de aptitud, regulado en las mencionadas disposiciones normativas, examinado el conjunto del expediente y vista la lista de los candidatos que la han superado, propuestos por los presidentes de las respectivas comisiones evaluadoras, las Direcciones Generales de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio y de Recursos Humanos, en virtud de las atribuciones recogidas en la base decimotercera de la Resolución de convocatoria.

RESUELVEN

Primero

Lista definitiva de candidatos que han superado el procedimiento para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado

Aprobar la lista definitiva de los candidatos que, en aplicación de lo establecido en la Orden 1317/2015, de 7 de mayo, y la Resolución conjunta de 21 de febrero de 2024, han superado el procedimiento para la obtención de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado, mediante la superación de la prueba de aptitud, que se incluye como Anexo a esta Resolución.

De acuerdo con lo establecido en la base decimotercera de la citada Resolución conjunta de 21 de febrero de 2024, se declaran desestimadas las alegaciones presentadas a la lista provisional que no se hayan recogido en la lista definitiva.

Segundo

Validez y certificado de la acreditación para impartir el currículo de Inglés Avanzado

Los efectos de la acreditación serán válidos desde el día siguiente a la emisión de la acreditación correspondiente y quedará sin efecto cuando hayan transcurrido cinco cursos escolares consecutivos completos, a contar desde su obtención, sin que el docente acreditado imparta la materia de Inglés, tal y como establece la citada Orden 1317/2015, de 7 de mayo.

Aquellos candidatos que figuran en el Anexo de esta Resolución recibirán los correspondientes certificados acreditativos según las siguientes indicaciones:

a) Candidatos que han participado para centros públicos: la Dirección General de Recursos Humanos remitirá el certificado acreditativo al interesado, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través del Sistema de Notificaciones Electrónicas (NOTE). La información del proceso de alta se encuentra en el siguiente enlace:

https://sede.comunidad.madrid/guia-tramitacion-electronica#recibir

b) Candidatos que han participado para centros privados concertados: la Dirección General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio remitirá el certificado acreditativo al interesado, a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través del servicio de notificaciones electrónicas (NOTE), y, en caso de que este no figure de alta en este servicio, se remitirá por NOTE al centro docente concertado de referencia, pudiendo el interesado recogerlo en el mismo.

Tercero

Recursos

De conformidad con los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, contra esta resolución, que no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Política y Organización Educativa, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación.

Madrid, a 4 de junio de 2024.—El Director General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza, David Cervera Olivares.—El Director General de Educación Concertada, Becas y Ayudas al Estudio, Jorge Elías de la Peña y Montes de Oca.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.



(03/8.977/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.106.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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