Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 140

Fecha del Boletín 
13-06-2024

Sección 2.110.60.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240613-54

Páginas: 6


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

MINISTERIO DE TRANSPORTES Y MOVILIDAD SOSTENIBLE

Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid

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Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible. Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid. Expropiación

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid, sobre Resolución de la Dirección General de Carreteras, por la que se aprueba provisionalmente el proyecto de trazado “Actuación de mejora de la seguridad vial en el tramo de concentración de accidentes situado entre los PP.KK. 47+200 y 50+500 de la Autovía A-3. Término Municipal Villarejo de Salvanés. Provincia de Madrid”, de clave 33-M-14890.

Con fecha de 19 de febrero de 2024, la Subdirectora General de Conservación y Gestión de Activos, P. D. del Director General de Carreteras (Orden TMA/355/2023, de 10 de abril, por la que se modifica la Orden TMA/1007/2021, de 9 de septiembre, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y delegación de competencias), ha resuelto lo siguiente:

1. Aprobar provisionalmente el proyecto “Actuación de mejora de la seguridad vial en el tramo de concentración de accidentes situado entre los PP.KK. 47+200 y 50+500 de la Autovía A-3. Término Municipal Villarejo de Salvanés. Provincia de Madrid”. Con un presupuesto base de licitación (IVA incluido) de 7.473.340,88 euros. El proyecto contiene los documentos con la extensión y el contenido que su autor ha considerado necesarios para cumplir con lo indicado en el artículo 28 “Proyecto de trazado” del Reglamento General de Carreteras.

2. Declarar la urgencia del proyecto de conformidad con el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, en la redacción dada por el Real Decreto-Ley 18/2018, de 8 de noviembre, sobre Medidas Urgentes en Materia de Carreteras.

3. Ordenar a la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid:

a) La incoación del expediente de información pública, de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y con el artículo 12.4 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras. Dicha información pública lo será a efectos de la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación referidos a los bienes y derechos comprendidos en el replanteo del proyecto y la reposición de servicios afectados.

b) La información pública a efectos de expropiaciones se hará en cumplimiento de cuanto establecen los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación, y concordantes de su Reglamento.

c) Someter el proyecto al informe de los Organismos a los que pueda afectar y en todo caso, al Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, a la Dirección General de Agricultura Ganadería y Alimentación de la Comunidad de Madrid (Vías Pecuarias), a la Confederación Hidrográfica del Tajo, al Consorcio Regional de Transportes Públicos Regulares de Madrid, y a las compañías titulares de los servicios afectados por las obras.

d) Llevar a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución, y la relación a que se refiere el artículo 17 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sea publicada en el “Boletín Oficial del Estado”, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en uno de los diarios de mayor circulación de dicha provincia, comunicándose, además, a los Ayuntamientos en cuyo término radique la cosa a expropiar, para que la fijen en el tablón de anuncios (artículo 18.2 de dicha Ley).

e) Se señale el lugar de exhibición del expediente, que en todo caso deberá estar a disposición de las personas que lo soliciten a través de medios electrónicos en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, de acuerdo con el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En consecuencia, de acuerdo con lo ordenado por la Dirección General de Carreteras, durante el plazo indicado, a los efectos del artículo 83.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el Proyecto de Trazado y copia de la citada aprobación provisional estarán expuestos al público en la sede de la Demarcación de Carreteras del Estado en Madrid (calle Josefa Valcárcel, número 11, 28027 Madrid) y en el Ayuntamiento de Madrid, así como en la sede electrónica del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible https://www.transportes.gob.es/el-ministerio/participacion-publica , a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda presentar, por cualquiera de los sistemas indicados en el artículo 16.4 de la referida Ley, las alegaciones y/u observaciones que consideren oportunas.

Asimismo, en el referido plazo de treinta días hábiles, y conforme a lo dispuesto en los artículos 17, 18 y 19.1 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954, sobre la necesidad de ocupación de bienes o adquisición de derechos así como a lo establecido en el artículo 56 del Reglamento sobre el acuerdo de declaración de urgente ocupación, podrán presentarse las alegaciones que se estimen pertinentes en relación con el proyecto de trazado, para rectificar los posibles errores de la relación de bienes y derechos publicada, u oponerse, por razones de fondo o forma a la necesidad de ocupación. En este caso se indicarán los motivos por los que debe considerarse preferente la ocupación de otros bienes o la adquisición de derechos distintos y no comprendidos en la relación, como más convenientes al fin que se persigue.

A continuación se incluye la relación de bienes y derechos afectados en el término municipal de Villarejo de Salvanés.







Madrid, a 11 de marzo de 2024.—La jefa de la Demarcación de Carreteras, Gloria Ramos Palop.

(02/4.262/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.110.60.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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