Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 141

Fecha del Boletín 
14-06-2024

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240614-50

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

50
Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria pública de los “Premios inteligencia artificial y tecnologías avanzadas 2024” del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por Decreto de 24 de mayo de 2024, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index )

BDNS (Identif.): 763570

Primero. Objeto y finalidad de la convocatoria.—Los "Premios inteligencia artificial y tecnologías avanzadas 2024" buscan reconocer y dar visibilidad a las startups y profesionales que hayan destacado en plantear soluciones tecnológicas basadas en el uso de inteligencia artificial y otras tecnologías disruptivas. Esto fortalecerá el sector de la innovación tecnológica en Madrid visibilizando a los emprendedores más valiosos frente a todo el sector económico de la ciudad.

Segundo. Beneficiarios.—Podrán participar en los “Premios inteligencia artificial y tecnologías avanzadas 2024” emprendedores, microempresas y pequeñas empresas, con residencial fiscal en España, constituidas como tales, según la definición establecida en la Recomendación de la Comisión Europea del 6 de mayo de 2003.

Deben estar constituidas en alguna de las siguientes formas jurídicas: (I) persona física: empresario individual o autónomo, emprendedor de responsabilidad limitada, o (II) persona jurídica: sociedad anónima, sociedad limitada, sociedad limitada nueva empresa, sociedad limitada laboral y cooperativas.

Tercero. Bases reguladoras.—Anexo al Decreto de 24 de mayo de 2024, de la delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por el que se aprueba la convocatoria del Premio inteligencia artificial y tecnologías avanzadas 2024. Las bases íntegras de la convocatoria se publicarán en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y pueden consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es ).

Cuarto. Cuantía.—El crédito total de esta convocatoria se cifra en cuatrocientos ochenta mil euros (480.000 euros), que serán imputables a la aplicación presupuestaria 001/141/46300/48203 “Premios” del presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2024.

Se otorgarán 12 premios de 40.000 euros cada uno.

Los criterios de valoración son los especificados en el apartado 11 de las bases de la convocatoria.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes comenzará a las 00:00 horas del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y terminará a las 23:59 horas del 16 de septiembre de 2024.

Sexto. Órganos competentes.—Los órganos competentes para la instrucción y para la resolución del procedimiento regulado en la convocatoria serán la persona titular de la Dirección General de Innovación y la persona titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, respectivamente.

Séptimo. Resolución.—El Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo publicará la resolución definitiva de los premios concedidos, en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS). Asimismo, se publicará en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid”. Además, se podrá consultar en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid ( https://sede.madrid.es )

Octavo. Abono de los premios.—Una vez presentada la documentación requerida en el apartado 13 de las bases de la convocatoria, el premio será abonado a los ganadores mediante transferencia bancaria.

Atendiendo al apartado 5.d) de la Disposición Adicional Primera de la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Madrid, se procederá a practicar la retención fiscal que proceda, conforme a la normativa vigente, en el documento contable de reconocimiento de la obligación.

Madrid, a 24 de mayo de 2024.—La delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Engracia Hidalgo Tena.

(03/8.343/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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