Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 151

Fecha del Boletín 
26-06-2024

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240626-5

Páginas: 75


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE SANIDAD

SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD

5
RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2024, de la Dirección General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales del SERMAS, por la que se procede al reconocimiento y denegación de los niveles I, II, III y IV de carrera profesional, evaluados en el procedimiento ordinario del año 2023, relativos al personal estatutario Licenciado Sanitario.

Finalizada la evaluación de las solicitudes de carrera profesional correspondientes al procedimiento ordinario del año 2023 y elevadas las propuestas definitivas a esta Dirección General por parte de los Comités de Área, de conformidad con lo previsto en el apartado 11 del modelo de carrera profesional de Licenciados Sanitarios de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de febrero de 2007).

Esta Dirección General en uso de las atribuciones conferidas en el citado apartado 11 del modelo de carrera de Licenciados Sanitarios, así como de las conferidas por el Decreto 246/2023, de 4 de octubre, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud,

RESUELVE

Primero

Reconocer los Niveles I, II, III o IV de carrera profesional al personal estatutario Licenciado Sanitario que se detalla en el anexo A de la presente Resolución, en la categoría y/o especialidad y con los efectos administrativos que en el mismo se establece. Estos reconocimientos quedan supeditados a las posibles modificaciones que se deriven de las ejecuciones de sentencias firmes.

Segundo

Los efectos económicos para el personal que preste servicios en Instituciones Sanitarias del SERMAS son del 1 de enero de 2024.

Tercero

Denegar los Niveles I, II, III o IV de carrera profesional al personal estatutario Licenciado Sanitario que se relaciona en el anexo B de la presente Resolución, por las causas que se detallan.

Cuarto

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el mismo órgano que la ha dictado o ante la Viceconsejería de Sanidad, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme a lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer para mejor defensa de sus intereses; a través del siguiente enlace: https://tramita.comunidad.madrid/denuncias-reclamaciones-recursos/recurs...

Madrid, a 7 de junio de 2024.—El Director General de Recursos Humanos y Relaciones Laborales, Miguel Ángel Rodríguez Roiloa.



















































































































































(03/9.375/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.108.27: I. COMUNIDAD DE MADRID

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