Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 155

Fecha del Boletín 
01-07-2024

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240701-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE BATRES

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Batres. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Habiéndose aprobado en sesión plenaria de 1 de abril de 2024 inicialmente una modificación de créditos del presupuesto municipal de 2024 mediante transferencia entre distintas áreas de gasto, así como la del Anexo de Personal del citado instrumento y la modificación de la plantilla de personal; expuesto al público durante el plazo de quince días hábiles y no habiéndose presentado alegaciones; de conformidad con los artículos 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales y 127 del Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local los mismos se entienden elevados a definitivos, por lo que mediante el presente anuncio se les da la debida publicidad:

Modificación del presupuesto municipal de 2024 mediante transferencias de crédito entre distintas áreas de gasto:

El Anexo de Personal vigente queda integrado en el expediente del presupuesto municipal de 2024.

Modificación de la plantilla de personal:

Dicha aprobación podrá ser impugnada ante la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, con los requisitos, formalidades y causas señaladas en los artículos 170 y 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y en la forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción.

Batres, a 14 de junio de 2024.—El alcalde, Juan Carlos Alañón Olmedo.

(03/9.542/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20B: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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