Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 156

Fecha del Boletín 
02-07-2024

Sección 1.4.109.11: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240702-51

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

D) Anuncios

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

AGENCIA DE SEGURIDAD Y EMERGENCIAS MADRID 112

51
ADENDA de 13 de junio de 2024, de prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Fuenlabrada, para la homogeneización de medios materiales y personales en relación con la solicitud de dispensa planteada por dicho Ayuntamiento para la prestación del servicio de extinción de incendios.

REUNIDOS

De una parte, la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, representada por D. Pedro A. Ruiz Escobar, en calidad de Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, nombrado por Decreto 141/2023, de 5 de julio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 159, de 6 de julio), actuando por delegación de competencias del Presidente de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid 112, de fecha 30 de enero de 2024 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 37, de 13 de febrero), y de conformidad con el artículo 33.c) de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid.

Y de otra parte, el Excmo. Ayuntamiento de Fuenlabrada, representado en este acto por D. Francisco Javier Ayala Ortega, Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Fuenlabrada, actuando en calidad de representante de la Corporación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 124.4.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, a tenor de su elección en sesión celebrada por el Pleno del Ayuntamiento de Fuenlabrada el día 17 de junio de 2023.

Reconociéndose las partes la capacidad jurídica para la realización de este acto en el marco del convenio firmado el 30 de junio de 2022, y en virtud de las posibilidades arbitradas en su cláusula quinta,

EXPONEN

Que de acuerdo con el artículo 49.2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, “en cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción”.

En su virtud, ambas partes

ACUERDAN

La prórroga del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Fuenlabrada para la homogeneización de medios materiales y personales en relación con la solicitud de dispensa planteada por dicho Ayuntamiento para la prestación del servicio de extinción de incendios firmado el 30 de junio de 2022. Dicha prórroga surtirá efectos a partir del 1 de julio de 2024 y tendrá vigencia hasta el 30 de junio de 2026.

La adenda de prórroga será objeto de publicación en BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Por ello, y en prueba de conformidad, firman el presente documento.

Madrid, a 13 de junio de 2024.—El Director de la Agencia de Seguridad y Emergencias Madrid112, P. S. (Orden 1363/2024, 19 de abril), el Director General de Emergencias, Pablo Cristóbal Mayoral.—El Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Fuenlabrada, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/9.883/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.11: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240702-51