Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 158

Fecha del Boletín 
04-07-2024

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20240704-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

52
Alcalá de Henares. Régimen económico. Presupuesto general

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 112 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y 169.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por la que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de la Haciendas Locales, se encuentra expuesto al público a efectos de reclamaciones el presupuesto general municipal del ejercicio 2024, integrado por el del Ayuntamiento y el del Organismo Autónomo Ciudad Deportiva Municipal, así como por los estados de previsión de gastos e ingresos del EPE Alcalá Desarrollo, las bases de ejecución del presupuesto y plantilla orgánica del personal municipal y del Organismo Autónomo, aprobado inicialmente por el Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria celebrada el 2 de julio de 2024.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el artículo 170.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por los motivos taxativamente enumerados en el punto 2 de dicho artículo 170, podrán presentar reclamaciones con sujeción a los siguientes trámites:

a) Plazo de exposición y admisión de reclamaciones: 15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

b) Oficina de presentación: Registro General de este Ayuntamiento.

c) Organismo ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

Toda la documentación podrá ser consultada en el siguiente enlace:

— http:// www.ayto-alcaladehenares.es/

Alcalá de Henares, a 2 de julio de 2024.—La alcaldesa-presidenta, Judit Piquet Flores.

(03/10.705/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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